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Identificación y evaluación de impactos ambientales causados durante la fase de construcción geotécnica de pilotes fabricados en situ


Enviado por   •  25 de Octubre de 2014  •  Trabajo  •  1.993 Palabras (8 Páginas)  •  451 Visitas

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Objetivo General

Este Estudio Ambiental tiene como objetivo identificar y valorar los impactos ambientales causados durante la fase de construcción geotécnica de pilotes fabricados en situ.

Marco Legal Ambiental

El marco jurídico ambiental en el que se desarrolla la construcción y operación del Proyecto, está constituido por una serie de normas que tienen vigencia a escala nacional, regional y local. El marco incluye un conjunto de leyes y sus reglamentos; decretos ejecutivos; acuerdos ministeriales; y Ordenanzas municipales.

a) Constitución Política de República del Ecuador.

La Constitución Política del Ecuador, pública en el R.O. Nº 1 del 11 de Agosto de 1998 contempla disposiciones del Estado sobre el tema ambiental e inicia el desarrollo del Derecho Constitucional Ambiental Ecuatoriano.

El Art. 86, Numeral2, expresa que el Estado garantiza a los ciudadanos:

“El estado protegerá el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice un desarrollo sustentable. Velará para que este derecho no sea afectado y garantizara la preservación de la naturaleza”.

Se declarará de interés público y se regulará conforme a ley:

1. La preservación del medio ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país;

2. La prevención de la contaminación ambiental, la recuperación de los espacios naturales degradados, el manejo sustentable de los recursos naturales y los requisitos que para estos fines deberán cumplir las actividades públicas o privadas.

3. El establecimiento de un sistema de áreas naturales protegidas, que garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de los servicios ecológicos, de conformidad con los convenios y tratados internacionales”.

El Artículo 87, indica que “La ley tipificará las infracciones y regulará los procedimientos para establecer las responsabilidades administrativas, civiles y penales, que correspondan a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, por acciones u omisiones en contra de las normas de protección al medio ambiente”.

El Artículo 88, establece que: “Toda decisiones estatal que pueda afectar al medio ambiente, deberá contar previamente con los criterios de la comunidad, para lo cual ésta será debidamente informada. La ley garantizará su participación”.

El Artículo 89, determinar que “El Estado tomará medidas orientadas a la consecución de los siguientes objetivos”:

1. Promover en el sector público y privado el uso de tecnologías ambientales limpias y de energías alternativas no contaminantes.

2. Establecer estímulos tributarios para quienes realicen acciones ambientalmente sanas.

3. Regular, bajo estrictas normas de bioseguridad, la propagación en el medio, la experimentación, el uso, la comercialización y la importancia de organismos genéticamente modificados.

Por su parte el Artículo 91, en su primer párrafo señala que: “El Estado, sus delegatorias y concesionarios, serán responsables por los daños ambientales, en los términos señalados en el Artículo 20 de esta Constitución”.

b) Ley de Gestión Ambiental

Expedida el 30 de julio de 1999, en el Registro Oficial Nº 245, esta ley establece los principios y directrices de política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores públicos y privado en la gestión ambiental; y, señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia.

La ley determina que la autoridad ambiental nacional será ejercida por el Ministerio de Medio Ambiente, que deberá actuar como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión

Ambiental.

Además en el Capítulo II, De la Evaluación de Impacto Ambiental y del Control Ambiental, en su Artículo 19, se señala que: “Las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión pública o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificadas previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será precautelatorio”.

d) Código de Salud

El Código de Salud que entró en vigencia mediante la promulgación del Decreto

Supremo Nº 188, Registro Oficial Nº 158 del 8 de Febrero de 1971, rige de manera específica y prevalece sobre las demás leyes en materia de salud individual y colectiva, y en todo lo que diga relación a las acciones sobre saneamiento ambiental.

El código de Salud, en su libro II, de las Acciones en el Campo de Protección de la Salud; Título I, Del Saneamiento Ambiental; Capítulo I, Disposiciones

Generales; Artículos 8,9 y 12, que hacen relación al saneamiento ambiental y las atribuciones de Ministerio de Salud.

El Articulo 12 del Código de Salud, establece que:

“Los reglamentos y disposiciones sobre molestias públicas, tales como, ruidos, olores desagradables, humos, gases tóxicos, polvo atmosférico, emanaciones y otros, serán establecidas por la autoridad de Salud”.

Finalmente es importante destacar que el Artículo 204 del mismo Código de la

Salud, inciso primero establece:

Articulo 204.- “La autoridad de salud puede delegar a las municipalidades la ejecución de las actividades que se prescriben en este Código”

e) Reglamento General del Seguro de Riesgo de Trabajo.

La Resolución Nº 741 del Consejo Superior del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social del 30 de Marzo de 1990, que expide el “Reglamento General del Seguro de Riesgos de Trabajo”; publicada en el Registro Oficial Nº 579, del

10 de Diciembre de 1990. Aplicable para las personas que trabajan en el proceso de operación y explotación de la minas.

f) Código del Trabajo

El Reglamento de Seguridad para la Construcción y Obras Públicas, publicado

en el Registro Oficial Nº 253 del 9 de Febrero de 1998, contempla los siguientes

Capítulos:

Construcción y trabajos en Alturas

Excavación.

Cimentación.

Maquinaria Pesada de Obra.

Maquinaria de Elevación.

Instalaciones Eléctricas Temporales

Señalización para Construcción o Reparación de Calles y Carreteras

Elementos de Protección

...

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