Impuesto a la Renta en el Perù.
Enviado por Doyler Bardales • 18 de Febrero de 2016 • Apuntes • 1.497 Palabras (6 Páginas) • 271 Visitas
CARACTERISTICAS SEGÚN LA CATEGORÍA DE RENTA PERSONAS NATURALES DOMICILIADAS (sin negocio) NEGOCIOS Y EMPRESAS: Rentas de 3ª.categoría
IMPUESTO A LA RENTA
Existen en el Perú, 5 tipos o categorías de renta en el país y las que provienen del exterior, llamadas Rentas de fuente extranjera. Todas las rentas del país, tienen una deducción legal, para determinar la renta neta, incluida las rentas empresariales o de negocios en la cuales se deducen gastos y costos vinculados a la actividad. IMPUESTO A LA RENTA
Lo pagan las personas que obtengan o perciban ingresos que tengan frecuencia y periodicidad durante el año. Durante el año se deben realizar, pagos y /o retenciones mensuales del impuesto, según el tipo de renta que se obtenga. La SUNAT regula anualmente la obligación de presentar la Declaración de Renta Anual, enviando por Internet a cada contribuyente el borrador de ésta , para que el declarante la corrija o la valide, lo que incluye el importe del impuesto por regularizar o su saldo a favor, en caso haya un exceso de pago. El impuesto a la renta grava todos los ingresos que obtienen las personas y empresas que desarrollan actividades empresariales.
No se considera a las personas acogidas al Nuevo Régimen único Simplificado.
En el Impuesto a la Renta, hay dos regímenes tributarios: El General y el Especial.
Impuesto a la Renta Régimen General de 3ª. categoría En este régimen el impuesto a la renta se aplica con la Tasa del 30% , que grava las utilidades de la empresa al 31 de diciembre de cada ejercicio. Durante el año se realizan 12 pagos a cuenta mensuales, donde el pago no puede ser menor al 1.5% de sus ingresos netos.
Si al cierre del ejercicio hay saldo del impuesto por regularizar se paga conjuntamente con la Declaración Jurada Anual , que se realiza en los 3 primeros meses siguientes al cierre de cada ejercicio. Régimen Especial del Impuesto a la Renta-RER. Solo para empresas con ingresos anules no mayores a S/ 525,000 al año. Por impuesto a la renta, se paga una cuota mensual con carácter definitivo equivalente al 1.5% sobre ingresos netos.
PRIMERA CATEGORÍA CRITERIO:se aplica el criterio de lo DEVENGADO, porque la renta se genera mes a mes y el impuesto se paga aunque la renta no haya sido pagada.Para determinar la renta neta, la deducción es el 20% de la renta o ingreso bruto.
DECLARACIÓN Y PAGO MENSUAL: USANDO EL FORMULARIO 1683 Rentas de capital de 1ª. categoría:
• Se producen por el alquiler y/o cesión de bienes muebles o inmuebles Ej. alquiler de maquinarias, autos, camiones etc. o inmuebles: por ej. casas, departamentos, cocheras etc.
En este caso se le conoce como renta real y su monto no puede ser menor al 6% del autoavaluo del predio, aunque la renta haya sido pactada por un monto menor.
El impuesto se paga con la tasa de 6.25% sobre la renta neta mediante pago directo a cargo del arrendador.
• Se produce una renta presunta anual o renta ficta, si hay cesión temporal gratuita de bienes o a precio no determinado. En estos casos, la renta y el impuesto se regularizan con la Declaración de Renta anual.
SEGUNDA CATEGORÍA:
CRITERIO: DE LO PERCIBIDO,es decir existe obligación de pagar el impuesto, cuando se cobra la renta. Para determinar la renta neta, la deducción es el 20% de la renta o ingreso bruto.
El pago del impuesto es casi inmediato, y por lo general a través de una retención , salvo el caso de la ganancia de inmuebles en el cual hay pago directo y al mes siguiente de obtenida la renta.
El saldo del impuesto se regulariza por el perceptor de la renta mediante Declaración anual sólo por las ganancias de valores mobiliarios (acciones, títulos, bonos etc.)
DECLARACIÓN Y PAGO: Se debe usar el formulario virtual 1665, sólo para ganancias de inmuebles. Rentas de capital 2°.categoría:
Son las que provienen de ganancias de valores mobiliarios o inversiones de un derecho o capital invertido o ganancias en la transferencia de inmuebles (por ejemplo acciones, bonos, participaciones de fondos mutuos, regalías, intereses, dividendos etc).
Se conocen hasta cuatro sub-tipos de rentas:
1. Ganancias por la venta de valores mobiliarios: acciones, bonos, títulos etc. y rescate de fondos mutuos o de inversión. El impuesto se paga a través de una retención con la tasa del 6.25% cada vez que se produzca una ganancia por la transferencia o rescate de los valores del beneficiario. Si hay saldo pendiente del impuesto por estas rentas se regulariza con la declaración de Renta Anual, conjuntamente con las que provengan de valores mobiliarios que cumplan determinados supuestos para ser computables dentro
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