Impuestos sobre consumos específicos
Enviado por carlitajtd • 10 de Junio de 2014 • Informe • 351 Palabras (2 Páginas) • 301 Visitas
Impuestos sobre consumos específicos
Es un tratamiento especial a la tributación de determinados artículos que por su naturaleza económica se aconseja un tratamiento especial discriminatorio. Estos impuestos sobre los consumos específicos son los tributos más antiguos que hay. (Ej: impuesto s sobre la sal). Siempre han sido polémicos, dando origen a revueltas, pero la facilidad de su gestión hace que se mantengan en la mayoría de los países.
Lo primero que nos podemos plantear para profundizar, es una clasificación de los productos sujetos a estos impuestos.
Tradicionales: bebidas alcohólicas, tabaco, carburantes
No tradicionales: medios de transporte, primas sobre seguros, labores tabaco, fósforos, café
Hay una tendencia a la reducción del número de bienes que están sujetos a este impuesto con excepción de los tradicionales.
NOTAS CARACTERÍSTICAS DE ESTOS IMPUESTOS:
Es un impuesto sobre el consumo de bienes y servicios
Contemplan el consumo objetivamente. No se tienen en cuenta las circunstancias personales del consumidor.
Son selectivos en su cobertura, ya que la ley los enumera individualmente.
Son impuestos indirectos y por tanto repercutibles sobre el consumidor, aunque a veces se recauden en la fase de fabricación o distribución y no en el consumo.
Discriminan intencionadamente, aunque el fin de tal discriminación puede ser muy diversa y se haya apoyado en esos fines la justificación de su implantación (ej: Impuestos sobre el tabaco financian las necesidades sanitarias del cáncer de pulmón).
La base imponible se suele cuantificar en términos de unidades producidas o vendidas, o en alguna unidad física de medida, peso o volumen.
ESTRUCTURA DEL IMPUESTO
Sujeto pasivo: es el consumidor del bien o del producto sometido a gravamen, aunque legalmente lo sea el fabricante o el vendedor del producto que traslada la carga tributaria al consumidor.
Objeto imponible: es el consumo de los bienes que se declaren gravados.
Base imponible: se fija de acuerdo con el valor o precio de mercado.
Tipo impositivo: es el que se fije por ley. Podemos encontrarnos con dos clases
Específicos: la carga tributaria se determina por unidades físicas del producto gravado.
Ad valorem: la carga tributaria se determina aplicando un porcentaje sobre el valor de los bienes sujetos al impuesto.
Ventajas de los tipos específicos:
Facilidad de aplicación
Uniformidad por unidad de producto.
Inconvenientes de los tipos específicos:
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