ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Interés Legal


Enviado por   •  2 de Marzo de 2014  •  394 Palabras (2 Páginas)  •  231 Visitas

Página 1 de 2

PRESUPUESTOS DEL INTERÉS JURÍDICO E INTERÉS LEGÍTIMO.

El artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su fracción I establece que el juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que el acto reclamado viola los derechos reconocidos por la propia Constitución y con ello se afecte su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico.

Para una mejor comprensión, pudimos observar que existen algunas de características que diferencian a ambos tipos de interés, las cuales se indican a continuación:

a) Titularidad del interés; tratándose del interés jurídico, se refiere a una persona en lo individual y tratándose de interés legítimo, a un grupo de personas.

b) Poder de exigencia; el interés jurídico es la capacidad de exigir de la autoridad que realice cierta conducta de dar, hacer o no hacer, para su beneficio exclusivo, el interés legítimo, no puede exigir más que el actuar conforme a la ley, debido a que su violación le produce una afectación a su esfera jurídica.

c) Norma de la que surge; el interés jurídico busca salvaguardar intereses individuales y el legítimo, intereses generales, el orden público o el interés social.

d) Tipo de afectación; en el caso del jurídico, la afectación deriva de una lesión directa al gobernado, en tanto que en el caso del legítimo, no es una lesión a la persona, sino a la comunidad.

Asimismo, como elementos constitutivos del interés jurídico, encontramos los que a continuación se enlistan:

a) Que exista un derecho subjetivo vulnerado o afectado; y

b) Que exista un acto de autoridad que afecte o vulnere ese derecho.

Por su parte, los elementos constitutivos del interés legítimo son los siguientes:

a) Que exista una norma constitucional que establezca algún interés en beneficio de una colectividad determinada;

b) Que el acto reclamado transgreda ese interés de manera individual o colectiva; y

c) Que el promovente pertenezca a esa colectividad.

Con lo anterior, podemos concluir respecto del interés jurídico y el legítimo, que al hablar del primero de ellos nos referimos a derechos subjetivos afectados, el cual sólo puede hacerse valer por el titular de ese derecho en lo individual; en cambio, respecto del segundo de ellos, este puede acreditarse al estar inmerso dentro de una colectividad, la cual puede ver afectada su esfera jurídica de manera indirecta.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com