ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Introduccion A La Legislacion


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2014  •  1.609 Palabras (7 Páginas)  •  261 Visitas

Página 1 de 7

OBJETIVO: INTRODUCCIÓN A LA LEGISLACIÓN (JERARQUÍA)

JERARQUÍA NORMATIVA

Dado el elenco que disposiciones normativas que configuran el Ordenamiento Jurídico del Estado, se debe establecer una jerarquía entre las mismas.

La CE consagra el Principio de Jerarquía Normativa en el art. 9.3.

En su forma más general, la Jerarquía Normativa significa que existen diversas categorías de normas relacionadas jerárquicamente entre sí, de tal manera que las de inferior nivel o rango, en ningún caso pueden contradecir a las de rango superior.

Las normas que ostentan el mismo rango poseen la misma fuerza normativa, por lo que siempre prevalecerá la dictada en último lugar, en virtud del principio lex posterior derogat lex anterior.

Esta estructura jerarquizada tiene forma piramidal, cuya cúspide es la Constitución, norma suprema que se impone a todas las demás.

TRATADOS INTERNACIONALES

El tratado es un acuerdo internacional de voluntades o, en otros términos, es un acuerdo celebrado por escrito entre sujetos jurídicos del orden internacional.

El art. 93 de la CE expone que “mediante la Ley Orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución el ejercicio de competencias derivadas de la CE. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión”.

A tenor del artículo 96 CE “los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno”.

Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional. Por tanto, una vez publicados, parece que tienen más fuerza o valor que las propias leyes estatales.

UNIÓN EUROPEA

La UE es un conjunto de instituciones, a partir de las cuales se ha creado un nuevo orden jurídico internacional. Los países que conforman la unión suponen el 24% de la economía mundial. Desde los inicios hasta el momento actual se han dado una serie de Tratados como el de Roma(1957), Maastrich(1992), Amsterdam(1997) y Niza(2001).

Dentro del esquema organizativo de la UE, hay 4 instituciones básicas:

• Consejo: Es el órgano de gobierno integrado por los 15 jefes de estado de los países miembros. Hay una presidencia de rotación semestral. También hay una serie de cargos que actúan en paralelo a ese consejo(cargos de la Política exterior).

• Comisión: Equivalente al gobierno que gestiona la Unión. Presidida por 20 comisarios europeos, quienes preparan los textos legislativos, ejecuta las políticas. No son paritarios con los distintos países.

• Parlamento Europeo: Son 626 diputados que se eligen proporcionalmente en los países miembros en convocatorias electorales cada 5 años. Están organizados por grupos ideológicos no por países.

• Tribunal de Justicia: Son representantes de los 15 países, y 8 abogados generales que se designan por los gobiernos de los estados miembros. Son por 6 años renovables.

Junto con estos organismos, hay organismos de apoyo como el Comité Económico y Social. Además de otro tipo de organismos como el Banco Central Europeo y el Defensor del Pueblo Europeo.

España es un miembro de pleno derecho que participa en el desarrollo de la legislación europea. Para conocer la documentación europea hay que tener en cuenta las fuentes del derecho que son los Tratados, Derecho Derivado, Fuentes externas y Jurisprudencia, y su carácter de obligatoriedad.

. Tratados: Grandes acuerdos a través de los cuales funciona la UE. Pueden ser Constituidos, Modificativos, de Adhesión.

. Derecho Derivado: Derecho propio de la actuación de la UE.

. Fuentes externas: Resultado de las actuaciones internacionales de la UE.

Por su Obligatoriedad pueden ser:

Fuentes obligatorias: Las que controla el Tribunal Supremo de Justicia, que son:

• Reglamentos: Decisiones generales motivadas y de aplicación directa en los estados miembros.

• Directivas: Son obligatorias para los estados miembros en cuanto los objetivos que hay que alcanzar; pero son las autoridades nacionales las que establecen las normas y los medios necesarios para conseguir los resultados.

• Decisiones: Obligan a los estados interesados a los que van dirigidos para aplicaciones concretas, y son obligatorias en todos sus elementos.

Fuentes no obligatorias: Las que no controla el Tribunal Supremo de Justicia, que son:

• Recomendaciones: Invitaciones a los estados miembros para actuar de una determinada forma.

• Dictámenes: Expresiones de opinión sobre cuestiones concretas. No son vinculantes.

NORMATIVA EUROPEA PARA MATRONAS

En lo que refiere a la profesión de matrona, hay amplia regulación llevada a cabo por acuerdos internacionales.

La solidez de esta profesión se pone de manifiesto en su reconocimiento, tanto por la OMS, como por la Unión Europea, en la que la matrona es una

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (10 Kb)
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com