La Ley Organica De Defensa Del Consumidor Y La Falta De Facultades Legalres Sancionadora De La Defensoria Del Pueblo
Enviado por • 1 de Mayo de 2014 • 2.435 Palabras (10 Páginas) • 504 Visitas
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOJA
PLAN DE CONTINGENCIA
TITULO
LA LEY ORGÁNICA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LA FALTA DE FACULTADES LEGALES SANCIONADORAS DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO.
PROYECTO DE TESIS PREVIO A LA
OBTENCIÓN DEL TITULO DE ABOGADO.
AUTOR:
ÁNGEL BOLÍVAR MANOBANDA Z.
DIRECTOR
Dr. ELI JIMÉNEZ
LOJA – ECUADOR
Año - 2014
1. TEMA
LA LEY ORGANICA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LA FALTA DE FACULTADES LEGALES SANCIONADORAS DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO.
2. PROBLEMÁTICA
Contextualización
¿Cómo ha influenciado la falta de la facultada sancionadora de la ley de Orgánica de Defensa del Consumidor, en hacer respetar el derecho Constitucional del usuario y consumidor garantizado en los Art. 52, 53,54?.
Este problema radica en la mayoría de los países del mundo, en américa latina y en nuestro país donde el usuario no tiene una verdadera defensa de sus derechos, se hace la ley para que defienda al consumidor y se da la facultad tramitología a la Defensoría del Pueblo y esta no está investida con la facultad para poder sancionar.
Este problema lo tiene la defensoría del pueblo de bolívar al no poder sancionar los constantes reclamos que se realizan en contra de la empresa eléctrica bolívar, ya que tiene que solo buscar llegar a una mediación que en fin saldrá ganadora la Empresa Eléctrica de Bolívar.
Situación problemática del objeto de investigación
La Defensoría del Pueblo se halla limitada con su capacidad de sancionar a los funcionarios de una Empresa por cuanto la ley no la faculta, pese a que esta misma ley le faculta conocer, investigar hasta mediar pero no sancionar que sería lo correcto.
Como consecuencia de esto queda cualquier cantidad de reclamos de los usuarios sin tener respuestas, como sucede en la actualidad la Empresa Eléctrica Bolívar no solo corta el servicio a los usuarios, si no que retira los medidores dejándoles sin servicio, lo que se violenta el derecho humano a este servicio, sin importarles los niños, ancianos o discapacitados en muchos casos.
Problema de investigación
La falta de la facultad sancionadora que debe tener el Defensor del Pueblo en los casos que han de ser puestos en su conocimiento de acuerdo a sus competencias.
Preguntas significativas
¿Hace falta la facultad sancionadora a la Defensoría del Pueblo para que los derechos de los usuarios y consumidores?
¿Esta facultad agilitaría los procesos de reclamación en contra de los servicios públicos y privados deficientes y de mala calidad?.
¿Con esta facultad sancionadora se abarataría el costo de los reclamos tanto al usuario como a la Empresa Prestadora de servicios?
Delimitación de la investigación
Temporalmente. Esta investigación se lo realizará desde el mes de Marzo hasta el mes de agosto del 2014.
En lo que al espacio físico se refiere, esta investigación se lo realizará en el cantón Guaranda, provincia bolívar en la Defensoría del Pueblo.
Las unidades de observación, esta investigación lo realizare en la Defensoría del Pueblo, la empresa Eléctrica, la Intendencia, ex defensores del Pueblo de Bolívar Y JUZGADO DE CONTRAVENCIONES.
3. JUSTIFICACIÓN
Esta investigación es necesario de ser realizada por cuanto deja sin importancia las quejas presentadas ante la Defensoría del Pueblo al no llegar a ningún acuerdo en la audiencia que convoca la defensoría, con lo cual la sociedad dice, la Defensoría del Pueblo no hace nada. En el campo jurídico no garantiza una verdadera justicia, porque, luego de comprobar que ha existido el ilícito no puede sancionar y esta facultad lo remite a otra instancia y sin ni siquiera con carácter vinculante, lo que hace factible dar una solución a esta falta de una potestad sancionadora.
En el campo académico se incentiva la investigación jurídica y se hace que las universidades acojan estos argumento y profundizar el conocimiento de estas leyes que poco o nada se conoce dentro del campo académico.
4. OBJETIVOS
a. Objetivo General
Determinar la falta de una facultad sancionadora en la ley Orgánica de Defensa del Consumidor, para hacer respetar el derecho de los usuarios y consumidores.
b. Objetivos específicos
Determinar si la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, tiene la facultad sancionadora y garantizar el derecho del usuario y consumidor.
Determinar si se está respetando las disposiciones Constitucionales del derecho de los usuarios y consumidores.
Demostrar que la falta de esta facultad, hace que los derechos de los usuarios y consumidores son vulnerados.
5. HIPÓTESIS
La Ley Orgánica de Defensa del Consumidor respecto a la falta de facultades legales sancionadoras del Defensor del Pueblo, es insuficiente para garantizar la tutela judicial efectiva con respecto a los derechos de los consumidores.
6. MARCO TEÓRICO.
ANTECEDENTES, ORIGEN Y CAUSAS DE APARICION. Los antecedentes de la Defensoría del Pueblo (DP) están en “El Justicia de Aragón” y retrocediendo mas atrás tenemos el “Tribuni Plebis” o ‘Defensor de los plebeyos’ de Roma.
El origen de la DP llamado también Defensor de los Ciudadanos está en la institución del Derecho sueco denominado “Ombudsman” que quiere decir ‘procurador’, ‘comisionado’, ‘médiador’ o ‘proveedor de justicia’.
La DP se popularizó a partir de la II Guerra Mundial y se ha desarrollado especialmente en el continente americano.
Como causas para la aparición de la DP están: la extrema burocratización y las dictaduras, que hicieron necesaria la creación de esta institución.
A través de sus sugerencias se hizo más efectiva la gestión ciudadana, por medio de un procedimiento ágil y expeditivo más accesible a los particulares.
La mayoría de los países latinoamericanos está caracterizada por un pasado político donde los regímenes de facto se impusieron generando sistemáticas vulneraciones a los derechos humanos (DD. HH). En un principio la defensa de los derechos de las personas fue asumida por iniciativas de organizaciones de la sociedad civil y algunas entidades religiosas.
En Bolivia en la década de los 80 el país inició su retorno a los gobiernos democráticos y se preparó un cambio en el perfil del Estado. En lo jurídico, en virtud al Derecho Internacional de los DD. HH el Estado ratifica un conjunto de convenios internacionales comprometiéndose al respeto de los DD.HH,
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