La definición de Propiedad es la facultad de gozar y disponer ampliamente de una cosa
Enviado por pacochesco • 31 de Mayo de 2012 • 699 Palabras (3 Páginas) • 649 Visitas
La definición de Propiedad es la facultad de gozar y disponer ampliamente de una cosa
Cuando hablamos de derecho propiedad nos referimos al dominio o capacidad que tenemos para disponer de las cosas que nos pertenecen de manera que se nos permite usar y disponer de ellas de manera exclusiva, porque solo su titular esta en aptitud para hacerlo; eliminando a cualquier otra persona que pretende intentarlo
En el derecho romano se caracterizaba al derecho de propiedad por tres funciones usar, disfrutar y abusar de las cosas
El uso de una cosa se realiza mediante su posesión de manera que nos permita aprovecharla según su función
El disfrute de un bien se contrae a percibir los frutos que este produce
El abusar es un concepto que en la actualidad el vocabulario ordinario permite confusión ya que el verbo “abusar” significa el usar mal, o en forma excesiva, impropia o indebida. Sin embargo para los romanos era la facultad que concedía al titular de la propiedad el poder de consumir el bien
Tanto en la declaración de independencia de los estados unidos de 1776, como en la de los Derechos del Hombre y el Ciudadano de 1792 se reconoce que la propiedad es un derecho natural, en cuya expresión se conjuga la proclamación de un orden normativo común para todos los hombres que es a la vez uniforme en todo espacio y tiempo, consecuentemente es eterna e imperecedera
En código civil francés expedido por Napoleón Bonaparte en 1804, dispone que la propiedad es el derecho de gozar y disponer de las cosas de la manera más absoluta
En 1870 Benito Juárez promulga el primer código civil pera el distrito federal y territorio de la baja california y se reconocía en los artículos 827, 828 y 829:
La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las que fijan las leyes
La propiedad es inviolable; no puedes ser ocupada si no por causa de utilidad pública y previa indemnización
El propietario de un terreno es dueño de su superficie y de lo que esta debajo de ella. Por lo mismo podrá usarlo y hacer en el todas la obras, plantaciones o excavaciones que quiera
No se reconoce a la propiedad como un derecho absoluto para usar y disponer de una cosa, como la ley francesa lo establecía, sino que la identifica como la capacidad de goce y disposición de los bienes, sin más limitaciones que las que fijan las leyes. Sin embargo, independientemente de la redacción formal que en ellos encontramos, está latente que la propiedad no puede ser absoluta, ya que encuentra numerosas restricciones por otras reglas que lo impiden.
El segundo párrafo del artículo 14 constitucional reconoce la protección de una escala de valores individuales y sociales de la mayor jerarquía; disponiendo como garantía individual, el que Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones
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