Las Diferencias encontradas entre los objetivos generales de la ley 57 de 1915 y el decreto 1295 1994
Enviado por Jorge Orozco • 2 de Octubre de 2015 • Biografía • 1.486 Palabras (6 Páginas) • 299 Visitas
TALLER SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
PRESENTADO POR
BIBIANA MARCELA OROZCO VELEZ
MAIRA ALEJANDRA OROZCO VELEZ
YULIANA ANDREA PINEDA ARANGO
TALLER SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Ley 57 de 1915
Decreto 1295 de 1994
- Explique las Diferencias encontradas entre los objetivos generales de la ley 57 de 1915 y el decreto 1295 1994
La diferencia claramente es que la ley 57 de 1915 emite los conceptos que rigen la seguridad social y salud en el trabajo para que estos sean los objetivos primordiales en una entidad siendo esta una sola salvaguardia, pero luego buscando fortalecer la protección de los trabajadores frente a los peligros y riesgos que se pudieran presentar en el desarrollo de sus labores.
El estado decreta que las entidades públicas y privadas, las normas y procedimientos del sistemas de administración generadas mediante el decreto 1295 1994 reformando la Seguridad Social y separando la ley en tres grandes campos: pensiones, salud y riesgos laborales que obligaba a cada uno a asumir su costo independientemente y a determinar el origen de la enfermedad, es decir, puntualizar si se trataba de una enfermedad de origen general o laboral.
2) Explique las Diferencias encontradas entre el concepto de accidente laboral de la ley 57 de 1915 y el decreto 1295 1994.
En la ley 57 de 1915 accidente de trabajo es un suceso imprevisto y repentino sobrevenido por causa y con ocasión del trabajo, y que produce en el organismo de quien ejecuta un trabajo por cuenta ajena una lesión o una perturbación funcional permanente o pasajera, todo sin culpa del obrero.
El decreto 1295 de 1994 se considera accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
- Diferencie los campos y sujetos de aplicación de la ley 57 de 1915 y el decreto 1295 1994.
LEY 57 DE 1915: A todas las empresas que funcionan en el territorio nacional y a los trabajadores, contratistas, subcontratistas de los sectores públicos, oficial, semioficial, en todos sus órdenes y del sector privado en general.
DECRETO 1295 1994: Las empresas de alumbrado público, las empresas de acueductos públicos, las empresas de ferrocarriles y tranvías, las fábricas de licores, las fábricas de fósforos, las empresas de arquitectura o construcción de albañilería en que trabajen más de quince obreros, las minas y canteras, las empresas de navegación por embarcaciones mayores, las empresas industriales servidas por maquinaria con fuerza mecánica; y las obras públicas nacionales.
- Nombre las situaciones o razones por las cuales un empleador deja de tener responsabilidad sobre un accidente laboral y haga mención cuál de las dos normas habla de dicha situación.
Se considera como culpa, imprudencia o des- cuido, el arrojo innecesario, la embriaguez, la desobediencia a órdenes expresas de los superiores o a los reglamentos de la empresa o fábrica, y en general, todo acto u omisión que produzca consecuencias desgraciadas y en que resulte culpable el trabajador. Esto indica la ley 57 de 1994
- Explique si en alguna de las dos normas se puede transar la indemnización. En el caso de que si enuncie el caso concreto y la norma.
Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional tendrá derecho al reconocimiento y pago de las siguientes prestaciones económicas: Indemnización por incapacidad permanente parcial. Indica el decreto 1295 de 1994.
Todo afiliado al sistema general de riesgos profesionales a quien se le defina una incapacidad permanente parcial, tendrá derecho a que se le reconozca una indemnización en proporción al daño sufrido, a cargo de la entidad administradora de riesgos profesionales, en una suma no inferior a un salario base de liquidación, ni superior a veinticuatro (24) veces su salario base de liquidación. Indica el decreto 1295 de 1994.
Las indemnizaciones respectivas de los casos anteriores:
Se pagará una indemnización igual al jornal entero de un año, únicamente a los herederos que se determinan en adelante.
Para el caso de esta indemnización se considera cumplida la causal cuando la muerte ocurra por consecuencia y efecto natural del accidente dentro de los sesenta días siguientes a éste.
Herederos de que se ha hablado y la manera de distribuir la indemnización serán los siguientes:
Si hay solo viuda, a ésta toda la indemnización.
Si hay viuda e hijos legítimos, la mitad a la primera y la otra mitad a los hijos; pero si la viuda ha contraído nuevas nupcias antes del reconocimiento del derecho de la indemnización, ésta corresponderá toda a los hijos.
Si hay hijos legítimos solamente, toda la indemnización será para ellos.
Si no hay viuda ni hijos legítimos, la indemnización será para los ascendientes legítimos, por partes iguales;
Si faltaren éstos también, la indemnización será para los hijos naturales.
A falta de todos los anteriores, la indemnización será para los padre, naturales, pero si solamente uno de ellos tu- viere la calidad de padre o madre natural, a éste corresponderá la indemnización. Indica la ley 57 de 1915.
Si el patrono pudiere emplear a cualquiera de los que conforme a esta Ley tienen derecho a la indemnización, en el mismo oficio que desempeñaba el "decujus", con el mismo jornal que ganaba éste, por el término expresado, el patrono quedará relevado de la indemnización; pero si el salario fuere menor, el patrono estará obligado solamente a pagar el completo a los mencionados herederos. Indica la ley 57 de 1915.
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