Las Diferentes Autoridades Laborales
Enviado por yudireyes • 10 de Febrero de 2014 • 1.193 Palabras (5 Páginas) • 1.085 Visitas
INTRODUCCIÓN
En este documento se relacionara acerca de los temas de las diferentes autoridades laborales, para eso debemos tener en cuenta que una autoridad, es alguien o algo que rige, que manda que tiene un determinado poder sobre algo, llámese objeto, persona. Debemos entender por autoridad del trabajo a los órganos del Estado que se encargar de aplicar las normas de trabajo en sus respectivas jurisdicciones, esto significa el ámbito espacial en donde las autoridades laborales aplicaran las normas de trabajo.
DESARROLLO
La competencia es la facultad que tienen las autoridades del trabajo para intervenir en los asuntos que le son sometidos para su resolución. Las autoridades federales del trabajo conocerán cuando se trate de asuntos de:
La industria minera y de hidrocarburos, la industria petroquímica, las industrias metalurgia y siderurgia, abarcando la explotación de los minerales básicos, su beneficio y fundición, así como la obtención de hierro y acero en todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos, la industria eléctrica, la industria cinematográfica, la industria textil, la industria hulera, la industria del cemento.
Las autoridades del trabajo son:
Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Secretaría de Educación Pública.
Las de las Entidades Federativas.
Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Servicio Público del Empleo.
Inspección del Trabajo.
Comisiones Nacional y Regional de los Salarios Mínimos.
Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas.
Juntas Federales y Locales de Conciliación.
Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje.
Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje.
Jurado de Responsabilidades.
Competencia Constitucional de las Autoridades del trabajo, la aplicación de las normas de trabajo compete a: La Secretaria del Trabajo y Previsión Social, SHCP, SEP, Procuraduría de la Defensa del Trabajo, Servicio Nacional de Empleo, Capacitación y Adiestramiento, Inspección del Trabajo, la Comisión de Salarios Mínimos, la Comisión Nacional de Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, las Juntas Federales y Locales de Conciliación y Arbitraje.
Su competencia constitucional está determinada por las ramas industriales (textil, eléctrica, tabacalera, cine, calera, petroquímica, azucarera, minera, cementera, etc.) y por las empresas del gobierno federal, industrias y aguas territoriales.
Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Sus funciones son: Representar o asesorar a los trabajadores y sindicatos que lo soliciten ante cualquier autoridad y respecto de cuestiones de trabajo. Interponer los recursos procedentes para la defensa del trabajador o sindicato. Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de los conflictos, y hacer constar los resultados en actas autorizadas.
Inspección del Trabajo.
Sus funciones son: Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo
Facilitar la Información técnica y asesorar a los trabajadores y patrones sobre las normas de trabajo. Informar a la autoridad de las deficiencias y violaciones de las normas de trabajo que observe en las empresas y establecimientos.
Realizar los estudios que soliciten las Autoridades para armonizar las relaciones entre trabajadores y patrones. Entre otras. Los deberes y atribuciones de los inspectores: Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo, especialmente:
Derechos de los trabajadores y obligaciones de los patrones. Obligaciones de los trabajadores. Trabajo de menores. Trabajo de las Mujeres embarazadas. Medidas preventivas de riesgos de trabajo. Medidas de seguridad e higiene. Visitar las empresas y establecimientos durante las horas de trabajo, sea diurno o nocturno, previa identificación. Interrogar, solos o ante testigos, a los trabajadores y patrones sobre cualquier asunto de trabajo. Exigir La presentación de libros, registros o documentos. Sugerir la corrección de violaciones a las condiciones de trabajo
Sugerir la adopción de medidas de aplicación inmediata para evitar riesgos de trabajo. Examinar sustancias y materiales utilizados en las empresas cuando se trate de trabajos peligrosos. Cumplir con las instrucciones
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