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Ley general de bancos y otras instituciones financieras


Enviado por   •  8 de Mayo de 2013  •  Ensayo  •  359 Palabras (2 Páginas)  •  806 Visitas

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LEY GENERAL DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS

En la década de los noventa un buen grupo de banqueros se embolsillaron miles de millones de bolívares, producto del asalto a los depósitos del público y a los auxilios suministrados por el Gobierno Nacional en aras de socorrer a los depositantes. El Estado estaba inerme ante aquella avalancha de recursos monetarios escapando del país, los cuales iban a engrosar las cuentas privadas en el exterior de venezolanos reducidos en su moral por obra del afán de tener y no de ser.

El instrumento idóneo para el combate de situaciones como ésta estaba aprobado pero no se había instrumentado: La ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras. Además los funcionarios encargados de aplicarla no habían mentalizado las nuevas normas y seguían bajo el influjo del viejo sistema, el cual, aun cuando tenía previsiones y ciertos controles tampoco se aplicaban.

La vía expedita para evitar un nuevo caos financiero estaba sustentada en tres elementos fundamentales:

Control rígido e integral basado en la legislación vigente por parte de la Superintendencia de los Bancos.

Nombramiento de funcionarios con una alta moral pública y un desempeño privado honorable, además de alta competencia y profesionalismo.

Vigilancia y veeduría de la sociedad civil sobre las instituciones financieras y los entes de control creados por el Estado mediante la legislación pertinente.

La clave para ejercer este control estricto era el fortalecimiento de la Superintendencia de Bancos, organismo vital para que el Estado Venezolano pudiera garantizar realmente a los habitantes de este país que sus depósitos no serían nuevamente sustraídos.

El 3 de noviembre de 2001, el Presidente de la República en ejercicio de la atribución que le confiere el numeral 8 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo dispuesto en el literal d, del artículo 1 de la Ley que autoriza al Presidente de la República a Dictar Decretos con Fuerza de Ley en las Materias que se Delegan, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.076, de fecha 13 de noviembre de 2000, en Consejo de Ministros

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