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MEDIDA DE SEGURIDAD


Enviado por   •  9 de Abril de 2015  •  518 Palabras (3 Páginas)  •  339 Visitas

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ITULO IV

DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD

Medidas de seguridad. Clases

Artículo 71.- Las medidas de seguridad que establece este Código son:

1. Internación; y

2. Tratamiento ambulatorio.

JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

PROCESOS CONSTITUCIONALES

Requisitos para la aplicación

Artículo 72.- Las medidas de seguridad se aplicarán en concurrencia con las circunstancias siguientes:

1. Que el agente haya realizado un hecho previsto como delito; y

2. Que del hecho y de la personalidad del agente pueda deducirse un pronóstico de comportamiento futuro que revele una elevada probabilidad de comisión de nuevos delitos.

Principio de Proporcionalidad

Artículo 73.- Las medidas de seguridad deben ser proporcionales con la peligrosidad delictual del agente, la gravedad del hecho cometido y los que probablemente cometiera si no fuese tratado.

Internación

Artículo 74.- La internación consiste en el ingreso y tratamiento del inimputable en un centro hospitalario especializado u otro establecimiento adecuado, con fines terapéuticos o de custodia.

Sólo podrá disponerse la internación cuando concurra el peligro de que el agente cometa delitos considerablemente graves.

CONCORDANCIAS: R. Nº 336-2011-P-PJ (Circular sobre la determinación y duración de la medida de seguridad de internación)

JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

PROCESOS CONSTITUCIONALES

Duración de la internación

Artículo 75.- La duración de la medida (*) RECTIFICADO POR FE DE ERRATAS de internación no podrá exceder el tiempo de duración de la pena privativa de libertad que hubiera correspondido aplicarse por el delito cometido.

CONCORDANCIAS: R. Nº 336-2011-P-PJ, Circular sobre la determinación y duración de la medida de seguridad de internación, Art. Primero

Sin perjuicio de que el Juez lo solicite cada seis meses, la autoridad del centro de internación deberá remitir al Juez una pericia médica a fin de darle a conocer si las causas que hicieron necesaria la aplicación de la medida han desaparecido.

En este último caso, el Juez hará cesar la medida de internación impuesta.

Tratamiento ambulatorio

Artículo 76.- El tratamiento ambulatorio será establecido y se aplicará conjuntamente con la pena al imputable relativo que lo requiera con fines terapéuticos o de rehabilitación.

Aplicación de internación antes de la pena. Cómputo

Artículo 77.- Cuando se necesite aplicar una medida

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