Manifestación De Impacto Ambiental
Enviado por Rocio013 • 24 de Febrero de 2013 • 844 Palabras (4 Páginas) • 721 Visitas
Nombre del proyecto
“CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE "PALMA SOLA" KM. 1+390.00 (LIBRAMIENTO DE ACCESO AL PUERTO DE TUXPAN)”
Tipo de proyecto
El proyecto contempla la construcción de un puente sobre un estero Palma Sola en el Libramiento de acceso al Puerto de Tuxpan. La construcción del puente inicia en el cadenamiento 0+000, ubicado sobre la autopista México-Tuxpan a la altura del kilómetro 258+500 atravesando el camino vecinal de terracería hacia las comunidades de Peña afuera, Altamira y la Joya.
Ubicación del proyecto
El proyecto se ubica en el municipio de Tuxpan de Rodríguez Cano Veracruz en el ejido La Peñita.
El lugar específico donde se construirá el puente es el cadenamiento 1+390 donde cruza el Estero Palma Sola ubicado sobre la autopista México-Tuxpan. Dentro de sus vías de acceso cortas se ubica en el cadenamiento 3+377 donde se encuentra un entronque con el camino, hacia el poblado de chile frio (los kilómetros), que llevan también hacia las termoeléctricas Tuxpan II, III, IV y V.P E.E.
Tamaño de proyecto.
El tamaño del proyecto solo se realiza dentro de los límites geográficos del municipio Tuxpan de Rodríguez Cano Veracruz en el ejido La Peñita.
a) Superficie total del predio (en m2). 2,168 m2, al incluir el derecho de vía se tienen 4914.04 m2.
b) Superficie a afectar (en m2) con respecto a la cobertura vegetal del área del proyecto, 4914.04 m2 de mangle rojo, es decir el 100% de la superficie del proyecto.
MANIFESTACION DE IMPACTO AMBIENTAL A NIVEL FEDERAL
MODALIDAD: PARTICULAR
Fundamento Jurídico
El proyecto se fundamenta legalmente en base a las disposiciones correspondientes al ámbito de competencia: Federal para la presentación de la Manifestación de Impacto Ambiental en su modalidad PARTICULAR de acuerdo a lo establecido en las Leyes y Reglamentos de la LGEEPA en Materia de impacto Ambiental.
NIVEL DE COMPETENCIA
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación de Impacto Ambiental.
De acuerdo con el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Impacto Ambiental, en su Capítulo II, Artículo 5º, menciona que:
“Las obras o actividades que se pretendan llevar a cabo en Vías Generales de Comunicación, como la construcción de carreteras, autopistas, puentes o túneles federales vehiculares o ferroviarios; puertos, vías férreas, aeropuertos, helipuertos, aeródromos, e infraestructura mayor, quedan sujetas a Evaluación de Impacto Ambiental”
La construcción del puente se realiza en el cadenamiento 1+390 donde cruza el Estero Palma Sola ubicado sobre la autopista México-Tuxpan. Por lo que la competencia de este proyecto es de NIVEL FEDERAL.
Ley Estatal de Protección Ambiental del Estado de Veracruz.
En materia de Impacto Ambiental se establece la competencia
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