Modelos De Responsabilidad
Enviado por yuzuke76 • 22 de Junio de 2014 • 665 Palabras (3 Páginas) • 209 Visitas
Modelos De Responsabilidad
1. Etica
No discriminación
El Suministrador no discriminará en sus prácticas
de contratación y empleo por motivos de raza,
color, religión, sexo, edad, capacidad física, nacionalidad
ni orientación sexual.
Libertad de asociación y derecho
de negociación colectiva
A menos que lo impidan las normas o políticas
públicas, los suministradores deben garantizar a
sus empleados el derecho a la libertad de asociación
1. y el derecho de negociación colectiva
2. Sustentatibilidad
apoyar y fomenta la ejecución de buenas
prácticas operacionales, prácticas agropecuarias
y sistemas de producción agrícolas sustentables.
Estos conceptos son parte crucial de la estrategia
de abastecimiento y desarrollo de proveedores
de la compañia. De igual forma se espera que el
Proveedor mantenga un compromiso en busca
constante de mejoras de eficiencia y sustentabilidad
de sus operaciones, incluyendo programas de conservación del agua.
3. Estandares de Conducta
Privación de libertad y trabajo forzado
El Proveedor bajo ninguna circunstancia deberá
usar o de alguna forma obtener beneficio alguno
por la imposición de trabajo forzado. El trabajo
generado de cualquier tipo de forma de servidumbre
esclavizante está prohibido, así como el uso
de castigo psicológico, confinamiento, amenazas
de violencia o cualquier otra forma de acoso o
abuso como método de disciplina y control. El
Proveedor no deberá utilizar fábricas o instalaciones
de producción que obliguen que el trabajo sea
realizado por trabajadores que no reciben remuneración
alguna o bajo contratos de explotación, así
como no deberá establecer contratos por la manufactura
de productos con subcontratados
que estén involucrados en este tipo de prácticas
o utilicen dichas instalaciones. En caso que el
Proveedor utilice trabajadores que se encuentren
encarcelados y bajo un esquema de rehabilitación,
ese tipo de acuerdos no están considerados como
incumplimiento a este Código.
Trabajo infantil
Cualquier forma de explotación laboral infantil por
el Proveedor está estrictamente prohibido. Por
trabajo infantil se entiende cualquier labor mental,
física, social o moralmente peligrosa o dañina
para los niños, o que interfiere directamente en
sus necesidades de educación obligatoria definida
como tal por la autoridad correspondiente.
Jornada laboral
El Proveedor es responsable de asegurar que
sus empleados trabajen de acuerdo a las leyes
aplicables y estándares industriales mandatarios
referentes al número de horas y días de trabajo.
En caso de conflicto entre un estatuto y un estándar
industrial mandatorio, el Proveedor deberá dar
solución bajo lo establecido en forma precedente
bajo las leyes nacionales vigentes.
Remuneración
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