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Nacionalidad Según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela


Enviado por   •  13 de Enero de 2015  •  1.483 Palabras (6 Páginas)  •  295 Visitas

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La Nacionalidad Según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Concepto de Ciudadanía

Reseña Histórica de Ciudadanía

Derechos que Otorga la Nacionalidad

Adquisición de la Nacionalidad Originaria

Nacionalidad Adquirida

Pérdida de la Nacionalidad Venezolana

Referencias Constitucionales y Efectos Jurídicos de la Nacionalidad Venezolana

Construcción de la Ciudadanía; Modelos y Enfoques

Para lograr un conocimiento más específico de los conceptos aquí planteados nos remitiremos a diferentes fuentes, que nos conduzcan a un concepto lo más acertado posible, para lo cual comenzaremos con el Diccionario de la Real academia de la Lengua española que nos da la siguiente definición:

Nacionalidad. f. Condición y carácter peculiar de los pueblos y habitantes de una nación. || 2. Estado propio de la persona nacida o naturalizada en una nación.

La nacionalidad significa la pertenencia de una persona a un ordenamiento jurídico concreto. Este vínculo del individuo con un Estado concreto le genera derechos y deberes recíprocos. Este tipo de nacionalidad referida a un país se mezcla conceptual y prácticamente con el concepto de nacionalidad como situación social, y podría perfectamente analizarse por separado o como una parte de la nacionalidad social, pues las leyes son inevitablemente un hecho social.

La Nacionalidad Según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Artículo 32 Son venezolanos y venezolanas por nacimiento:

1. Toda persona nacida en el territorio de la República.

2. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento y madre venezolana por nacimiento.

3. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por nacimiento, siempre que establezca su residencia en el territorio de la República o declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.

4. Toda persona nacida en territorio extranjero, de padre venezolano por naturalización o madre venezolana por naturalización, siempre que antes de cumplir dieciocho años de edad establezca su residencia en el territorio de la República y antes de cumplir veinticinco años de edad declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.

Concepto de Ciudadanía

En el diccionario de la Real academia de la Lengua Española encontramos la siguiente definición:

Ciudadanía. f. Cualidad y derecho de ciudadano. || 2. Conjunto de los ciudadanos de un pueblo o nación. || 3. Comportamiento propio de un buen ciudadano.

En el artículo 39 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela se refiere de la siguiente manera:

De la Ciudadanía Artículo 39. Los venezolanos y venezolanas que no estén sujetos o sujetas a inhabilitación política ni a interdicción civil, y en las condiciones de edad previstas en esta Constitución, ejercen la ciudadanía; en consecuencia, son titulares de derechos y deberes políticos de acuerdo con esta Constitución.

Y en el artículo 42 también encontramos una referencia expresa y directa al término, el cual transcribimos a continuación:

Artículo 42. Quien pierda o renuncie a la nacionalidad pierde la ciudadanía. El ejercicio de la ciudadanía o de alguno de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por sentencia judicial firme en los casos que determine la ley.

Thomas H. Marshall hace una definición bastante clara para este concepto, al expresarlos de la forma siguiente:

Condición de Ciudadano, sea de titular de la plenitud de derechos públicos subjetivos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, otorgados por el sistema jurídico. La ciudadanía tiene tres elementos: civil, político y social. "El elemento civil está compuesto por los derechos necesarios para la libertad individual, libertad personal, libertad de palabra, de pensamiento y de fe religiosa; el derecho a la propiedad, el de concluir contratos válidos y el derecho a la justicia... Por el elemento político entiendo el derecho de participar en el ejercicio del poder político, como miembro investido con autoridad política, o como elector de dicho cuerpo... Por el elemento social, quiero señalar el ámbito completo, desde el derecho a un mínimo de bienestar económico y de seguridad al de participar plenamente en la herencia social y vivir la vida de un ser civilizado, de acuerdo con los patrones predominantes en la sociedad".

Al estudiar y analizar detenidamente estos conceptos podemos manifestar que tenemos una idea clara de lo que significa cada uno de ellos, ya que muchos autores y estudiosos de la materia algunas veces confunden estos términos u otras veces los colocan como sinónimo el uno del otro,

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