POR QUÉ LA REVISORIA FISCAL NO ES AUDITORIA
Enviado por dpascuas • 22 de Agosto de 2012 • 8.858 Palabras (36 Páginas) • 638 Visitas
¿POR QUÉ LA REVISORÍA FISCAL NO ES AUDITORIA?
Pág.
1. Historia de la fiscalización. 4
Edad antigua 4
Edad moderna 5
2. Surgimiento de la Revisoría Fiscal en Colombia. 9
3. El interés público 15
¿De dónde surge el interés público? 15
Los filósofos y el interés público. 17
Locke y el interés público 17
Hobbes y el interés público 17
Rosseau y el interés público 18
Kant y el interés público 19
Hegel y el interés público 20
Marx y el interés público 21
La Contaduría y el interés público 21
La vigilancia y el interés público. 22
4. La institución de la revisoría fiscal. Concepto de institución. 23
5. Historia de la auditoria. 25
La auditoría en el mundo 25
Orígenes y evolución en Colombia 27
6. ¿De dónde surge el interés privado? 29
7. El Estado y el interés privado. 30
8. El órgano denominado auditoría. Concepto de órgano. 30
9. Definición de control. 31
10. Definición de evaluación. 32
Pág.
11. Definición de examen. 32
12. Definición de seguimiento. 32
13. Definición de fiscalización. 32
14. Definición de interventoría. 34
15. Técnicas de interventoría de cuentas. 34
Tableros de control 36
Matrices estratégicas 37
Listas de verificación 37
Evaluación de estructuras 37
Matrices de riesgo control 37
16. Informes. 38
17. Diferencias entre las auditorías y la revisoría fiscal. 40
1. HISTORIA DE LA FISCALIZACION
EDAD ANTIGUA.
La fiscalización tiene sus orígenes en la civitas romana o monarquía en donde funcionaban figuras como el comisio de curia y el colegio de los pontífices. El primero tenía la función de controlar los actos privados con repercusiones sociales y el segundo controlaba los cultos privados y públicos, llevaba los archivos religiosos en donde se dejaba constancia de los actos más notables de la vida del estado, redactaba el calendario y emitía dictamen con relación a la adopción de las personas y los testamentos y además emitía conceptos jurídicos.
Obsérvese que desde estas pretéritas épocas ya se ejercía control público de los actos privados.
Luego en la República Romana surgen varias figuras como la pretura, el tribunado de la plebe, la edilidad, el censor y el visador. Estos dos últimos de importancia vital para la evolución de la revisoría fiscal, puesto que el censor al llegar al grado de cura morum tenía la facultad de decidir acerca de la honorabilidad o no de los ciudadanos. Cuando se le extendía el extimatio se hablaba de tacha de infamia o nota censoria; al darse la primera se le degradaba en sus rangos; por ejemplo de caballero a infantes o se lo excluía de la actividad militar. El visador tenía como función la de examinar un instrumento y darle un visto bueno con el fin de darle validez y autenticidad.
Con estas figuras se aprecia claramente la potestad de emitir dictamen positivo o negativo y otorgarle a una figura la capacidad legal de certificar la validez de los documentos.
Posteriormente en el imperio romano, persisten varias de las funciones de estas figuras pero en otras nuevas que fueron creadas; tales como los funcionarios imperiales, los procuradores, los auditores, los interventores y los fiscalizadores. Los funcionarios imperiales actuaban en calidad de delegados del emperador, los procuradores ejercían cargos de tipo administrativo de la hacienda pública, los auditores recibían las apelaciones que los particulares interponían contra las sentencias pronunciadas, los interventores tomaban parte en un pleito intercediendo o condenando y los fiscalizadores eran los encargados de proteger los intereses del tesoro del Estado (bienes del estado). Los bienes de la hacienda son los bienes del emperador.
Todas las figuras anteriores actuaban con un poder delegado por alguien superior lo que los convertía en “funcionarios”.
EDAD MODERNA
El imperio romano tuvo influencia en gran parte de Europa y Asia, especialmente en la Europa sur continental.
El sur de Francia vive el influjo del Imperio Romano dándole prioridad al derecho romano que no se basa en la costumbre, a diferencia del norte de Francia con profunda influencia alemana que si lo hace; es decir basa su normatividad en la observación de la práctica generalizada.
España por su parte recibió el derecho romano, mezclado con la norma consuetudinaria de los alemanes y el derecho canónico de la iglesia católica. No obstante desarrolla de mejor manera las figuras del revisor y censor.
Inglaterra por su parte no tuvo ninguna influencia de la vida romana y mantuvo incólume su derecho basado en la costumbre. Y toma a la auditoria para darle especial desarrollo, pues en la Europa mercantil y naviera surgen las grandes empresas holandesas que negociaban con América y el comerciante navegaba para ejercer su actividad. A la aparición de la piratería, éste toma la decisión de enviar un delegado para que realice por él el comercio y surge la figura del administrador que deberá rendir cuentas al final de cada emprendimiento. Al recibir las cuentas por parte de este administrador el capitalista necesitó un tercero que le brindara seguridad sobre esa rendición de cuentas y se emplea al auditor.
El desarrollo del comercio y la concepción que el mundo tenía de la forma cómo debía ser este desarrollo permite ver en la historia que se presentaba una alta intervención estatal en el mismo; por ello surge el sistema de concesión en la cual el monarca permitía a los privados ejercer el comercio bajo la condición de que éste participara de las utilidades. El monarca imponía todo el ordenamiento para que la empresa funcione, reglamenta lo que se puede hacer (lo que concede) y lo que no se puede hacer. Llegó a tal grado la intervención que el transporte de mercancías era objeto de vigilancia militar para controlar que no se ejecuten actos que no estaban en las concesiones.
En España surgen funcionarios como fiscalizadores, inspectores y revisores para que vigilen que cumpla la concesión.
Se puede apreciar que la función
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