ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Politica Exterior


Enviado por   •  3 de Mayo de 2015  •  1.112 Palabras (5 Páginas)  •  160 Visitas

Página 1 de 5

Artículo 12 - Funciones del Director

El Director declarará la apertura y clausura de cada reunión del Comité, dirigirá sus debates, velará por la observancia de las normas de procedimiento, concederá la palabra, someterá a las preguntas y proclamará las decisiones. El Director decidirá sobre las cuestiones de orden y, con sujeción al presente reglamento, tendrá el control total de las actuaciones en cualquier reunión y para mantener el orden en ellas. El Director podrá, en el curso de la discusión de un asunto, proponer al Comité la limitación de la duración de las intervenciones de los oradores, el cierre de la lista de oradores o el cierre del debate. El Director también podrá proponer la suspensión o el levantamiento de la sesión o el aplazamiento de debate sobre el tema en discusión.

Artículo 17 - Aprobación del programa

Cada comité ordenará el programa provisional presentada por el Secretario General. Una propuesta orden del día incluirá todos los temas previstos en el orden del día provisional. Se requiere una mayoría simple para aprobar una orden del día y las agendas propuestas serán sometidas a votación en el orden en el que fueron propuestas.

Regla 18 - Cambio de la Agenda

Un comité puede cambiar el orden en el que considera los temas del orden del día. El Director podrá entretener un orador a favor y otro en contra, una moción para cambiar el orden. Una simple mayoría de votos se requiere para cambiar el orden en el que se discutirán temas de la agenda.

Regla 20 - Discursos

Nadie podrá hacer frente a un comité sin haber obtenido previamente la autorización del director de comité. El director tomará una lista de oradores en el orden en que los miembros manifiesten su deseo de hablar. El director lo llamará al orden al orador si las observaciones del orador no son relevantes para el tema en discusión.

Artículo 22 - Duración de las intervenciones

El Director podrá, previa consulta con el comité o como consecuencia de una moción presentada por un miembro del el comité, limitar el tiempo concedido a cada orador sobre una misma cuestión. Cuando el debate esté limitado y un orador rebase el tiempo asignado, el Director lo llamará inmediatamente al orden.

Artículo 24 – Ceder el tiempo

Cuando la duración de los discursos se ha limitado, un miembro reconocido de hablar sobre una cuestión de fondo puede dar su tiempo restante a otro miembro. Este miembro no puede producir ningún tiempo adicional. De igual manera se puede ceder tiempo para preguntas (nomalmente 1 o 2 ) o si el delegado lo desea se cede el tiempo a la mesa.

Regla 25 - Cierre de la lista de oradores

La lista de oradores se puede cerrar en cualquier momento mediante el voto mayoritario de los miembros presentes y votando.

Regla 26 - Reapertura la lista de oradores

La lista de oradores puede ser reabierto por un voto de los miembros siempre que al menos uno de los oradores continúa en la lista en el momento de la moción. Un delegado podrá intervenir en favor y uno en contra a este movimiento.

Artículo 27 - Derecho de Réplica

Si un delegado encuentra impugnada la integridad o el personal de otro Estado miembro o de un observador, el Director podrá conceder a dicho miembro o representante el tiempo de intervención apropiado para ejercer el derecho de réplica.

Artículo 28 - Resoluciones y enmiendas

Resoluciones y enmiendas se presentarán normalmente por escrito al Director,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (7 Kb)
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com