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Programa De Radiación UV


Enviado por   •  1 de Agosto de 2014  •  3.072 Palabras (13 Páginas)  •  604 Visitas

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PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN CONTRA LA EXPOSICIÓN OCUPACIONAL A RADIACIÓN UV DE ORIGEN SOLAR

1. OBJETIVO

• Establecer los criterios técnicos de exposición ocupacional a radiación ultravioleta solar.

• Establecer las medidas para la prevención de los riesgos de exposición a radiación ultravioleta.

• Fijar los mecanismos mediante el cual la Empresa ………………… gestionará la prevención de tales riesgos.

• verificar la efectividad de las medidas implementadas y detectar puestos de trabajo o individuos que requieran medidas de protección adicionales.

2. ALCANCE

• El presente Programa se aplica a todos los trabajadores y trabajadoras de la Empresa …………………………... expuestos ocupacionalmente a radiación UV de origen solar, quienes debido a la actividad que desempeñan, pueden desarrollar lesiones o alteraciones, principalmente en ojos y piel.

3. RESPONSABILIDADES.

Del Gerente General o Representante de la Gerencia.

• Aprobar el “Programa de Protección y Prevención contra la Exposición Ocupacional a radiación ultravioleta de origen solar” que se aplicará en la Empresa.

• Controlar el avance del Programa y la ejecución de las actividades que este contempla.

• Revisar el “Programa de Protección y Prevención contra la Exposición Ocupacional a radiación ultravioleta de origen solar” 1 vez al año, a lo menos.

• Definir las medidas de control a implementar para los trabajadores identificados como expuestos ocupacionales a radiación UV.

• Asignar los recursos para la implementación de las medidas de control definidas en el presente Programa.

Del Jefe de Operaciones.

• Participar en la elaboración y revisión del “Programa de Protección y Prevención contra la Exposición Ocupacional a radiación ultravioleta de origen solar”

• Participar en la identificación de trabajadores expuestos a radiación ultravioleta de origen solar y puestos de trabajo en riesgo. Actualizar esta información a lo menos cada 6 meses.

• Implementar las medidas de control definidas por la Gerencia de la Empresa.

• Definir la forma en que se publicará diariamente el índice UV estimado señalado por la Dirección Meteorológica de Chile.

• Controlar la efectividad de las medidas implementadas, a través de inspecciones y monitoreos de puestos de trabajo.

• Verificará el uso de los equipos de protección personal de forma periódica y la aplicación por parte de los trabajadores de las medidas implementadas por la empresa para la prevención de lesiones originadas por radiación ultravioleta de origen solar.

Del Supervisor de Operaciones.

• Participar en la identificación de trabajadores expuestos a radiación ultravioleta de origen solar y puestos de trabajo en riesgo. Actualizar esta información a lo menos cada 6 meses.

• Capacitar al personal sobre los riesgos específicos de exposición laboral a radiación UV de origen solar y sus medidas de Control en los siguientes términos: “la exposición excesiva y/o acumulada de radiación ultravioleta de fuentes naturales o artificiales produce efectos dañinos a corto y largo plazo, principalmente en ojos y piel que van desde quemaduras solares, queratitis actínica y alteraciones de la respuesta inmune hasta fotoenvejecimiento, tumores malignos de piel y catarata a nivel ocular”

• Controlar la efectividad de las medidas implementadas, a través de inspecciones y monitoreos de puestos de trabajo.

• Verificará el uso de los equipos de protección personal de forma periódica y la aplicación por parte de los trabajadores de las medidas implementadas por la empresa para la prevención de lesiones originadas por radiación ultravioleta de origen solar.

• Detectar puestos de trabajo e individuos que requieran medidas de protección adicionales e informarlas a Jefatura de Operaciones.

• Informar diariamente al personal a su cargo que esté expuesto, el índice UV estimado señalado por la Dirección Meteorológica de Chile.

Del Departamento Prevención de Riesgos .

• Participar en la elaboración del “Programa de Protección y Prevención contra la Exposición Ocupacional a radiación ultravioleta de origen solar”

• Participar en la identificación de trabajadores expuestos a radiación ultravioleta de origen solar y puestos de trabajo en riesgo. Actualizar esta información a lo menos cada 6 meses.

• Capacitar al personal sobre los riesgos específicos de exposición laboral a radiación UV de origen solar y sus medidas de Control en los siguientes términos: “la exposición excesiva y/o acumulada de radiación ultravioleta de fuentes naturales o artificiales produce efectos dañinos a corto y largo plazo, principalmente en ojos y piel que van desde quemaduras solares, queratitis actínica y alteraciones de la respuesta inmune hasta fotoenvejecimiento, tumores malignos de piel y catarata a nivel ocular”

• Controlar la efectividad de las medidas implementadas, a través de inspecciones y monitoreos de puestos de trabajo.

• Verificará el uso de los equipos de protección personal de forma periódica y la aplicación por parte de los trabajadores de las medidas implementadas por la empresa para la prevención de lesiones originadas por radiación ultravioleta de origen solar.

• Informar diariamente a la línea de Supervisión, el índice UV estimado señalado por la Dirección Meteorológica de Chile.

Del Comité Paritario.

• Conocer la “Guía Técnica Radiación ultravioleta de Origen Solar” que indica especificaciones del Decreto Supremo N° 97 del 14 de Septiembre de 2010 que modifica Decreto N° 594 de 1999.

• Controlar la efectividad de las medidas de control implementadas por la Empresa, a través de inspecciones y monitoreos de puestos de trabajo.

• Verificará el uso de los equipos de protección personal de forma periódica y la aplicación por parte de los trabajadores de las medidas implementadas por la empresa para la prevención de lesiones originadas por radiación ultravioleta de origen solar.

• Informar las necesidades de mejora en reuniones de Comité Paritario.

4. CRITERIOS TECNICOS DE EXPOSICIÓN OCUAPCIONAL A RADIACIÓN ULTRAVIOLETA SOLAR

• Trabajadores expuestos: Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), no existe un criterio exacto de expuesto y es de difícil definición, pero

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