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Relación entre empresa mandante y empresas contratistas y subcontratistas


Enviado por   •  22 de Diciembre de 2014  •  Trabajo  •  1.849 Palabras (8 Páginas)  •  555 Visitas

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Relación entre empresa mandante y empresas contratistas y subcontratistas

Legislación de prevención

Instituto IACC

15 de Diciembre 2014

A modo de introducción, cabe destacar lo estipulado sobre la ley 20.123, esta ley regula trabajo en régimen de subcontratación y el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios.

Del trabajo en régimen de subcontratación:

Según el Artículo 183-A.- Es trabajo en régimen de subcontratación, aquél realizado en virtud de un contrato de trabajo por un trabajador para un empleador, denominado contratista o subcontratista, cuando éste, en razón de un acuerdo contractual, se encarga de ejecutar obras o servicios, por su cuenta y riesgo y con trabajadores bajo su dependencia, para una tercera persona natural o jurídica dueña de la obra, empresa o faena, denominada la empresa principal, en la que se desarrollan los servicios o ejecutan las obras contratadas.

Desarrollo

Desarrolle una tabla comparativa con 5 ventajas y 5 desventajas de la ley 20.123 y el Decreto Supremo 76, para las empresas mandantes y para las empresas contratistas y subcontratistas.

Ventajas de la Ley 20.123, empresa mandante:

1.- La empresa principal, cuando así lo solicite, tendrá derecho a ser informada por los contratistas sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto a sus trabajadores.

En este caso la empresa mandante tiene el derecho pleno de solicitar información a la empresa contratista, respecto al monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales. Ya que existen caso de empresas contratista que no cumplen con el pago de cotizaciones, bonos, entre otros, hacia sus trabajadores. Como también existen empresas contratistas que dan una fecha para el cumplimiento de metas, para llevar a cabo este punto debe existir un control riguroso sobre estas.

Cabe destacar que el pago al día de dichas cotizaciones y cumplimientos, deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo.

2.- El mandante, tiene la facultad de dar término al contrato realizado a las empresas contratistas, al no cumplimiento de los derechos de sus trabajadores, en cuanto a su implementación para el resguardo de su integridad física y sus remuneraciones.

3.- La empresa mandante tiene la facultad de retener de las obligaciones que tenga a favor de aquél o aquéllos, el monto de que es responsable. En el caso que el contratista o subcontratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada.

4.- El mandante debe implementar un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo. En este debe estipular las sanciones que se pueden aplicar en caso de incumplimiento en materia de seguridad y salud ocupacional por parte de las empresas.

Cabe destacar que si el total de trabajadores, suman más de 25, se deberá implementar uno o más comités paritarios de higiene y seguridad. Y si el total de los trabajadores sumen más de 100, cualquiera sea su empleador, se deberá constituir un departamento de prevención de riesgos.

5.- La empresa mandante tiene la facultad de exigir estados de pagos al día, dignos y justos hacia sus trabajadores, así como también el pago de cotizaciones previsionales al día. De no ser así el mandante tiene todo el derecho de dar término al contrato.

Desventajas de la Ley 20.123, empresa mandante:

1.- Las razones de contratación son determinadas por la ley.

2.- La empresa principal o mandante, tiene la responsabilidad y constante preocupación, en relación al cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, hacia las empresas contratistas que están bajo su cargo.

3.- Los contratos de muchas empresas mandantes hacia las empresas contratistas no pueden ser por tiempo indefinido.

4.- La empresa mandante está bajo presión, ya que debe estar en constante supervisión hacia las empresas contratistas en relación a los cumplimientos de objetivos y metas, en plazos estipulados.

5.- La empresa mandante está obligada a paralizar trabajos en faena en caso de algún accidente laboral grave. Por protocolo de fiscalización e investigación. Esta está sujeta a pérdidas importantes.

Ventajas de la ley 20.123, empresa contratista y subcontratista

1.- El trabajador en régimen de subcontratación, respecto del dueño de la obra, empresa o faena, el trabajador gozará de todos los derechos que las leyes del trabajo le reconocen en relación con su empleador.

2.- La empresa contratista tiene el deber de entregar todas las medidas para resguardar la seguridad y salud de los trabajadores en faena.

3.- La empresa contratista puede retener los estados de pago, y así cancelar las obligaciones que no cumplió la empresa subcontratada.

4.- Si el contratista o subcontratista no cumple con sus obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. Para hacer efectiva esta responsabilidad, el trabajador afectado deberá demandar al contratista y si esta no responde podrá demandar a la empresa principal.

5.- La empresa contratista y subcontratista, amplia la formación de sus trabajadores a través de las constantes capacitaciones e inducciones, en relación a su seguridad integral, competitividad, entre otros.

Desventajas de la ley 20.123, empresa contratista y subcontratista

1.- Las empresas contratistas y subcontratistas, serán sancionadas en caso de incumplimiento en materia de seguridad y salud ocupacional, establecidas en el reglamento especial.

2.- El contratista será solidariamente responsable de las obligaciones que afecten a sus subcontratistas, a favor de los trabajadores de éstos, en relación a obligaciones laborales y previsionales.

3.- Las empresas contratistas y subcontratistas están en la obligación de cumplir con las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, hacia sus trabajadores.

4.- Deben cumplir con la empresa principal, cuando así lo solicite, sobre el monto

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