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Resumen de mediacion


Enviado por   •  24 de Mayo de 2017  •  Resumen  •  1.921 Palabras (8 Páginas)  •  300 Visitas

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Resumen: etapa 4

¿Qué es la mediación?

La doctrina proporcionada tantas definiciones de mediación como definiciones de derecho existen por tanto criticar hemos solamente a los autores que desde nuestro punto de vista abarcan los elementos sustanciales de la mediación según las escuelas estados estadounidenses y Argentina. Podemos concluir que el elemento principal de la mediación es la armonía por tanto tendrá que ser congruente ya que las partes resuelven su conflicto de forma voluntaria según su conveniencia apoyados por un tercer mediador que utiliza técnicas específicas al actuar como facilitador en la conducción del procedimiento. Como consecuencia el acuerdo final es más justo y equitativo que sí lo dictase un juez. También se entiende Como un entendimiento facilitado de ahí la importancia del mediador para lograr que las partes colabore. Sin esta cooperación el resultado no tendría éxito en otras palabras el resultado de la mediación es responsabilidad del mediador: sí la mediación funciona las partes encontraron la solución si no funciona el mediador fracaso.

¿Quién puede ser mediador?

 En primera instancia el mediador es un sujeto neutral que se encarga de establecer la dirección del procedimiento de mediación según la Lascala, se califica como un profesional a cargo de una función extrajudicial derivada de la ley como en el caso de Argentina y estos estados de la república mexicana. En Nuevo León se define al mediador como un prestador de servicios capacitado para facilitar la comunicación entre las partes que intervienen en un conflicto para que puedan generar soluciones y adoptar la más satisfactoria para ambas bajo el conocimiento del centro estatal de métodos alternos de solución de conflictos.

Técnicamente la definición del mediador corresponde al concepto general de mediación por lo que habrá que observar más de sus cualidades que De igual forma corresponderán a las circunstancias y características generales del procedimiento. Al respecto Dupuis señala dos características básicas las cuales son la imparcialidad y la neutralidad lo cual la primera significa que el mediador no deberá externar opiniones tendenciosas o inclinarse por alguna de las partes negociadores. La neutralidad alud al comportamiento y a la relación entre el mediador y los contendientes lo cual significa que el mediador deberá separar sus opiniones de los deseos de los litigantes o de las partes en conflicto y concentrarse en los modos de ayudarlas a formularse decisiones sin favorecer alguna de ellas como también podemos decir que no sólo es necesario percibir al mediador como un facilitador Imparcial sino que además a de transmitir este idea a las partes con sus actitudes. Así pues es necesario reunir las siguientes cualidades; absoluta imparcialidad, confiabilidad y habilidad para motivar a las personas a revelar la información confidencial, capacidad escuchar, capacidad de entender las leyes y los hechos o sólo estos últimos, buen Trato con la gente, cualidades de liderazgo, flexibilidad, habilidad para negociar, capacidad de manejo, sentido de humor, paciencia, sentido comercial, valentía, rectitud, saber guardar silencio, honestidad, ser equidistante, creativo, prudente, atento, y ser un oyente activo. De igual forma podemos concluir en relación con las cualidades del mediador que no cualquiera puede serlo porque una persona con esas características deberá formarse en las técnicas de la negociación y de la mediación para poder ser exitoso Al igual es importante señalar que el mediador podrá ser recusado por las mismas causales que un juez y por tanto de un árbitro.

 ¿Qué es la conciliación? 

Desde una perspectiva el concepto de conciliación merece un tratamiento especial por su definición y características ya que es muy similar al de la mediación pero la línea que separa ambas figuras es tan delgada que ya existe una ley modelo de la comisión de las Naciones Unidas de derecho mercantil internacional que unifica ambos conceptos. Pero particular consideramos que la conciliación y mediación se deben valorar desde el mismo punto de vista dada sus características y aplicación práctica como seguramente Quién ha realizado una mediación será proclive esta unificación de conceptos. La unificación de conceptos de mediación y conciliación no depende sólo desde el punto de vista personal doctrinal o práctico sino principalmente del modelo que se está aplicando considerado Qué hay más de 5 modelos de mediación en razón de diferentes estructuras sociales políticas o judiciales que prevalecen en el mundo. Conciliación es el método alterno mediante el cual uno más prestadores de servicio de métodos alternos con posible autoridad formal intervienen para facilitar la comunicación entre los participantes en el conflicto y proponer recomendaciones o sugerencias que les ayuden a solucionarlo total o parcialmente. Bueno para concluir hay un autor que señala que la conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan la solución de sus diferencias con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador.

 El mismo autor señala que la conciliación es más que un simple contrato o acuerdo y por supuesto constituye una institución sustancialmente diferente de otros mecanismos alternos En todo caso lo sustancial de la conciliación es que las partes se arregle no lleguen a un acuerdo por su cuenta.

Diferencia doctrinal entre mediación y conciliación 

Al igual que nuestra ley la doctrina diferencia a la mediación de la conciliación si bien no es muy coherente al establecer las respectivas definiciones en su reglamento en las fracciones 9 y 10 del artículo 2 se resaltan ambos conceptos los cuales se transcriben para que el alumno pueda analizar los llegarse a sus propias conjeturas

. IX " Mediador: prestador de servicios capacitado para facilitar la comunicación entre las partes que intervienen en un conflicto sujeto al conocimiento del centro Estatal con la finalidad de que estos puedan generar opciones de solución al mismo y en su caso de optar la más satisfactoria para aquellas.

 X"Conciliador: prestadores de servicios capacitado para facilitar la comunicación entre las personas que intervienen en un conflicto sujeto de conocimiento del centro Estatal quién puede sugerir opciones de solución al mismo siendo responsabilidad de las partes adoptar la mas satisfactoria para las mismas.

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