Sanción Y Coaccion
Enviado por Luisa7 • 28 de Noviembre de 2012 • 406 Palabras (2 Páginas) • 860 Visitas
Sanción y coacción
Se define como la consecuencia jurídica que el incumplimiento de un deber produce en relación con el obligado.
La sanción se encuentra condicionada por la realización de un supuesto
A la norma que establece la sanción se le llama norma sancionadora: la relación entre la norma sancionada y la norma sancionadora se resuelve de la siguiente forma.
García Máynez define a la sanción como: “consecuencia jurídica que el
Incumplimiento de un deber produce en relación con el obligado.”
A la norma que establece la sanción se le llama norma sancionadora, que es de carácter secundario, a diferencia de la sancionada que es de carácter primario.
Hay otras consecuencias de la inobservancia de la norma que no son sanción.
Como ejemplo podemos citar a la facultad de la autoridad para dictar sanción, la legítima defensa, y la rescisión del contrato de trabajo por causas imputables al trabajador.
La sanción no debe confundirse con la coacción.
La primera es una consecuencia normativa secundaría, mientras que los actos de coacción constituyen su aplicación efectiva.
Tipos de sanción:
Simples:
Indemnización: Tiene como finalidad del sancionado una prestación económicamente equivalente al deber jurídico primario.
Castigo: su finalidad inmediata es aflictiva, ejemplo. Privación de la libertad.
Cumplimiento: Es la realización efectiva de la obligación.
Sanciones mixtas
Cumplimiento + indemnización
Cumplimiento + castigo
Indemnización castigo
Cumplimiento + indemnización+ castigo
Coacción es la aplicación forzada de la sanción.
Cuando el juez dicta sentencia condenando al deudor a que pague lo que adeuda, hablamos de sanción si la cumple voluntariamente, pero si no el actor puede pedir que la sanción se imponga por la fuerza y eso sería la coacción.
También pueden clasificarse atendiendo a la finalidad que persiguen y a la relación entre la conducta ordenada por la norma infringida la que constituye el contenido de la sanción.
Cuando el contenido de la sanción coincide con el de la obligación estamos ante el caso de cumplimiento forzoso. Aquí la sanción es de coincidencia.
Cuando es indemnizatoria, es decir, cuando se trata de conseguir prestaciones económicas equivalentes a los daños y perjuicios derivados del acto violatorio, es de no coincidencia.
A veces la violación de la norma es tan grave que la indemnización resulta insuficiente y en ese caso no se trata de corregir un daño que quizás es irreparable, sino de imponer una pena y es entonces donde encontramos una tercera forma de sanción: el castigo.
Tipos de penas:
-Prisión: Privación de la libertad
-Reclusión de sordomudos, locos, degenerados
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