Sociedad de capitales
Enviado por Francisco Cusati • 21 de Mayo de 2017 • Informe • 1.143 Palabras (5 Páginas) • 114 Visitas
SOCIEDADES DE CAPITAL | ||
SOCIEDAD ANONIMA Sociedad de Responsabilidad Limitada | ||
Art 200 | Siempre tiene carácter mercantil salvo que se dediquen a la explotación agrícola o pecuaria Obligaciones sociales garantizadas por un capital determinado representado en acciones Denominación social con expresión C.A El acreedor de un socio puede rematar las acciones Aportes en efectivo o en especie Aportes en especie deben ser valorados por el Registrador Mercantil (art. 56 numeral 2 Ley de Registro Publico y del Notariado) Deben constituirse por documento público o privado Registrado en el registro de comercio del lugar de su domicilio el documento constitutivo completo (Art 213)en 15 días siguientes a la celebración del contrato(Art.215) y publicarse. Contenido Art 218 C de C Deberá formarse expediente en el Registro Debe decir C.A. con todas sus letras El domicilio legal se establece en documento constitutivo Capital sin limites y acciones sin limites de monto Aportes en efectivo pagado en no menos del 20% Aportes en especie de inmediato Ver arts 249 y 253 C de C No hace referencia a prestaciones accesorias Acciones se pueden vender libremente | Siempre tiene carácter mercantil salvo que se dediquen a la explotación agrícola o pecuaria Obligaciones sociales garantizadas por un capital determinado representado exclusivamente en cuotas de participación(nunca en acciones) ni titulos negociables Denominación social con expresión S.R.L Si se remata la cuota de un socio, la mayoría de socios puede decidir la exclusión del socio y la liquidación de su cuota o la Compañía puede presentar un comprador al rematador en un plazo determinado legalmente Aportes pueden ser en efectivo o en especie y se pueden pactar prestaciones accesorias que no forman parte del Capital Social (Arts. 313 y 316 C de C) Ídem. Deben constituirse por documento público o privado Registrado en el registro de comercio del lugar de su domicilio el documento constitutivo (Art 214) en 15 días siguientes a la celebración del contrato(Art.215)y publicarse. Contenido Art 218 C de C Deberá formarse expediente en el Registro Debe decir S.R.L.con todas sus letras El domicilio legal se establece en documento constitutivo Capital entre Bs20.000,oo y Bs 2.000.000,oo (Art.315) Cuotas no inferiores a Bs 1000,00 y por multiplos de mil (Art 316). Permite prestaciones accesorias por parte de los socios (Art314) Aportes en efectivo pagado no menos del 50% Aportes en especie de inmediato Ver art 313 C de C Permite expresamente prestaciones accesorias (Art 314 C de C) Cuotas de transmisibilidad restringida pero que puede ser desechada por pacto social (Art 317) (Art 319) Si la cuota de un socio es sujeta a ejecución, la mayoria de los otros pueden excluirlo o si la cuota es rematada, tiene un derecho ex lege a comprar la rematador esa cuota en el precio y plazo estipulado en el art 205 |
Art 201 | ||
Art 202 | ||
Art 205 | ||
Art. 211 19,8º y 126 C de C | ||
Arts 213, 214, 215 | ||
Art.226, 203, 216 C de C | ||
Art. 202 C de C y 28 CC | ||
Art.203 | ||
Art.341 | Las acciones pueden ser vendidas, TODAS, a una sola persona | Las cuotas pueden ser vendidas, TODAS, a una sola persona |
Venta | Propiedad de acciones se prueba por inscripción en libros (Art. 296 ) y se transfieren por traspaso en los libros de accionistas | Se transmiten por documento autentico y se inscribe en libro de socios (Art 318) |
Responsabilidad de socios | Limitada a capital social (Art 201,3°) | Limitada a capital social (Art 201,4°) Si la cuota de un socio es sujeta a ejecución, la mayoría de los otros pueden excluirlo o si la cuota es rematada, tiene un derecho ex lege a comprar la rematador esa cuota en el precio y plazo estipulado en el art 205 |
Responsabilidad de administradores | Administradores temporales y revocables socios o no (Art.242) Solo de la ejecucion del mandato a menos que se excedan (Art 243) Administradores no responden solidariamente nunca Ver 266 y 268 C de C | Administradores socios o no (Art 322 y 325 C de C) revocables por mayoria calificada (Art 323 C de C) Administradores responden solidariamente excepto si hacen constar su acción contra actos ilícitos o faltas etc. La legitimidad para exigirlo en provecho de la compañía la tienen los comisarios o un décimo del Capital Social (Art.324) Para revocar socios administradores se requiere el 75% del Capital Social |
Articulo 342 | Terminada o disuelta la sociedad, los administradores no pueden emprender nuevas operaciones, y si contravinieren a esta disposición son responsables personal y solidariamente por los negocios emprendidos. | |
No hay referencia En caso de conflicto de intereses el Administrador debe abstenerse y avisarlo (Art. 269 C de C) | Administradores tienen prohibición de competir (Art.326) e incluso de poseer acciones o cuotas en compañía que compita | |
Comisarios son obligatorios | Comisarios solo son obligatorios en compañías cuyo capital social exceda de Bs. 500.000,00 (Art. 327) | |
Libros (Art 260) | Libros (Art328) iguales a C.A. | |
Tiene un organo decisorio supremo que es la Asamblea de Accionistas (Articulos 271 al 291) | Decisiones pueden tomarse en Asamblea o por otro modo sin reunion (Art 332 C de C) Decisiones (Art 330) Convocatoria (Art 331) Mayoria (Art 332) Voto (Art. 333) | |
Balances obligatorios | Balances obligatorios (Art329 C de C) | |
En todo lo no previsto se aplica regimen de SA (Art 336) | ||
Documento Constitutivo ver art 213 C de C | Documento Constitutivo Ver Art. 214 C de C | |
Art 213, 8 y 9 | Contempla organo de administración ordinaria: Junta Directiva o administradores, Organo de representacion ante los terceros : representante legal Organo que decide sobre la vida de la compañía y su administración: la asamblea Organo de control: comisario Tambien pueden preverse otros organos, como es el caso del representante legal que no está legalmente previsto pero tampoco prohibido Todos los organos deben ser designados por la asamblea | Contempla organo de administración ordinaria: Junta Directiva o administradores, Organo de representacion ante los terceros : representante legal (Art 214 CdeC) Las decisiones fundamentales no requieren de un organo como la asamblea de accionistas aunque puede estipularse celebracion de asambleas convencionalmente. Las decisiones de esa naturalza pueden tomarse por cualquier procedimiento que los estatutos establezcan. El organo de control- Comisario- solo es requerido para SRL con capitales mayores de Bs 500.000,00 |
Artículo 340 | Disolucion. | Disolucion |
Articulo 341 | No se disuelve por muerte de socio | Salvo convención en contrario, la sociedad de responsabilidad limitada no se disuelve por la muerte, interdicción o quiebra de uno de los socios, ni por la remoción de los administradores. |
Domicilio ver articulo 56 numeral 3 Ley de Registro Publico y del Notariado sobre domicilio | Debe ponerse la dirección de la sede que se tendrá por domicilio legal | |
Reactivacion | Art. 56 numerales 5 y 6 Ley de Registro Público y del Notariado permite la reactivación después de la expiración del término de duración) | |
Publicaciones Art 225 | aplica | aplica |
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