Sociedades Mercantiles
Enviado por anavelin27 • 14 de Mayo de 2015 • 2.759 Palabras (12 Páginas) • 194 Visitas
LA SOCIEDAD
DEFICIONES
La Asociación voluntaria de personas que crean un fondo común para colaborar en la explotación de una empresa, con ánimo de obtener un beneficio individual, participando en el reparto de las ganancias que se obtengan.
Es una asociación de personas que quiere conseguir una finalidad común a ellas, mediante la constitución de un tipo o clase de organización prevista por la ley.
Un contrato que da origen a una persona jurídica o al menos, a una organización, la cual ya no depende del contrato originario, sino que tiene su propio estatuto, que se modifica sin contar con la voluntad de los primitivos contratantes.
Nuestra legislación societaria que regula la constitución y funcionamiento de las Sociedades Mercantiles en nuestro país es la Ley General de Sociedades Nº 26887 vigente desde el 1º de enero de 1998, en la cual se establece que todas las clases de sociedad deben adoptar algunas de las formas previstas en la ley, así diremos que la Ley contiene cinco libros:
Libro Primero: Reglas aplicables a todas las sociedades
Libro Segundo: Sociedad Anónima
Libro Tercero: Otras Formas Societarias
Libro Cuarto: Normas complementarias
Libro Quinto: Contratos Asociativos
CARACTERISTICAS DE LA SOCIEDAD
1. PERSONALIDAD JURIDICA.
El Art. 6 establece “La sociedad adquiere personalidad jurídica desde su inscripción en el Registro y la mantiene hasta que se inscribe su extinción”.
Una de las piedras angulares del derecho societario. La sociedad es persona jurídica desde el momento de su inscripción en el Registro y solo pierde su personalidad el día que se inscribe su extinción.
2. DOMICILIO DE LA SOCIEDAD
Las sociedades tienen también un domicilio el cual, según el Art. 20 de la LGS, será el señalado en el estatuto donde se desarrolla alguna de sus actividades principales o instala su administración. En caso de discordancia entre el domicilio de la sociedad que aparece en el registro del que efectivamente se ha fijado, se puede considerar cualquiera de ellos.
3. DURACION DE LA SOCIEDAD
Sobre la duración de las sociedades, el Art. 19 de la LGS señala que esta puede ser por plazo determinado o indeterminado y que, salvo sea prorrogado con anterioridad, vencido el plazo determinado, la sociedad se disuelve de pleno derecho.
4. NACIONALIDAD DE LA SOCIEDAD
Respecto de su nacionalidad, existen, múltiples posiciones doctrinarias en el Derecho Internacional Privado y en el Derecho Societario, que sustentan o desestiman el atributo de la nacionalidad de las sociedades.
5. OBJETO O FIN DE LA SOCIEDAD
El fin social es uno de los requerimientos más importantes para una sociedad. El fin social es la razón misma por la que la sociedad se constituye. Es debido a ese objeto (y no a otro) que los socios deciden participar en la sociedad, aportar capitales y asumir el riesgo del negocio.
6. ORGANOS SOCIALES Y REPRESENTANTES.
Mediante los órganos sociales y representantes, las sociedades ejecutan su objeto social, actuando a nombre y en representación de la sociedad y de acuerdo con los intereses sociales. Es por ello, que el Derecho distingue los actos acordes al objeto social, realizados por dichos representantes, en su ejercicio funcional, de aquellos realizados en beneficio propio y perjuicio de terceros, de sus socios o de la propia sociedad.
7. PATRIMONIO SOCIAL
El patrimonio social es el conjunto integral de activos y pasivos sociales (bienes y deudas) que varían constantemente durante la vida social, es decir, del activo y pasivo sociales, tal como ocurre con el patrimonio de las personas físicas.
SOCIEDAD ANÓNIMA
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA
DEFINICIÓN
La sociedad anónima es una sociedad de capitales, con responsabilidad limitada, en la que el capital social se encuentra representado por acciones, y en la que la propiedad de las acciones está separada de la gestión de la sociedad.
Nace para una finalidad determinada. Los accionistas no tienen derecho sobre los bienes adquiridos, pero si sobre el capital y utilidades de la misma.
Siendo sus principales rasgos:
a) Sociedad de Capitales.- Se forma gracias a los aportes de los socios, sin los cuales no podría existir la sociedad.
b) División de capital en títulos negociables denominados acciones.- Las acciones representan una parte alícuota del capital y son negociables. La titularidad de las acciones de la sociedad confiere una serie de derechos indesligables, relacionados con la toma de decisiones en la sociedad y la participación en los rendimientos económicos de la misma.
c) Responsabilidad Limitada.- Los socios no responden personalmente por las deudas sociales.
d) Mecanismo Jurídico Particular.- La propiedad y la gestión de la empresa se encuentran desligados. Se basa en la existencia de tres órganos de administración que deciden las labores de dirección y gestión de la empresa: la junta general de accionistas, el directorio, y la gerencia.
La sociedad se disuelve por el vencimiento de su plazo de duración, conclusión de su objeto social, acuerdo adoptado con arreglo al estatuto, y otras formas previstas en la Ley.
Sociedad Anónima Abierta (S.A.A)
Es aquella que hace oferta pública de sus acciones según la Ley de Mercado de Valores, que tienen 500 o más accionistas o al menos el 10% de su capital suscrito a un mínimo de 100 personas.
Estas son fiscalizadas por la Superintendencia de Valores y Seguros y tiene que presentarse ante esta los Estados Financieros a fin de año y también los Estados Financieros intermedios. (Trimestral o semestral), distribuyen dividendos en efectivo equivalentes al menos al 30% de sus utilidades netas en cada periodo, a menos que se acuerde lo contrario en la junta ordinaria de accionistas.
Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C)
Son aquellas que no cumplen con ninguno de los requisitos anteriores. Las sociedades anónimas cerradas tienen la libertad para definir en sus estatutos la forma que estimen conveniente la distribución de sus utilidades.
El número máximo de socios es de veinte.
No efectúa oferta pública de acciones, es decir, no tiene acciones inscritas en la Bolsa de Valores.
El Estatuto puede establecer que no exista directorio, sólo junta general de accionistas y gerencia.
Existe el derecho de adquisición
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