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Subjetividad activa del individo


Enviado por   •  26 de Mayo de 2015  •  Informe  •  402 Palabras (2 Páginas)  •  411 Visitas

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subjetividad activa del individo

Tradicionalmente la materia de derechos humanos era considerada una cuestiòn perteneciente al duero domèstico de los Estados. No es sino hasta la decada de 1940 cuando la materia de derechos humanos deja de ser considerada una cuestion estricta de carácter interno àra convertirse en centro de atraccion de la comunidad internacional y materua del DIP.

Se inica así una labor en el ambito universal y tambien regional, tendiente a proteger los derechos humanos. La labor universal parte de la Carta de las Naciones Unidas, donde se señala como proposito basico “el desarrollo y estimulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos”.

La Carta de las Naciones Unidas no contiene una anumeracion de los derechos humanos y libertades fundamentales del hombre; este vacio es cubierto por uan declaracion de la Asamblea general. “La Declaracion Universal de los Derechos Del Hombre.

2. Subjetividad pasiva del individuo

Partiendo de la premisa de que el individuo solamente puede ser sujeto excepcional del derecho internacional si su comportamiento es directamente regulado por este ordenamiento, solo puede hablarse de delitos internacionales cometidos por el individuo, cuando el propio derecho internacional es el que establece los tipos delictivos.

Estos tipos delictivos internacionales regulan el comportamientos individuales que son contrarios a las exigencias eticas elementales de la comuidad internacional. En este supuesto se encuentran la pirateria maritima, ciertos actos ilicitos cometidos en aeronaves y los crimenes contra la humanidad.

Los organismos internacionales:

Las organizaciones internacionles fueron creadas para realizar determinadas funciones, tienen, por tant, una personalidad funcional. Este elemento quiza sea el de mayor utilidad para determinar la amplitud de la subjetividad, pero habra de analizar en cada caso concreto el tratado constitutivo que determine sus fines y competencias. Asi, aun admitiendo de manera general que las organizaciones internacionales tienen subjetividad juridica internacional, será necesario examinar de forma particular cada uno de los estatutos antes de determinr el grado de la misma, teniendo muy especialmente en cuenta la facultad de coscluir tratados internacionales y el derecho de legacion.

En los art 104 y 05 la Carta de la Organización de las Naciones nidas prescribe:

La organización gozara en el territorio de cada uno de sus miembros, de la capacidad juridica que sea necesaria para el ejercisio de sus funciones y la realizacion de sus propositos… Gozara de los privilegios e inmunidades necesarias para el ejercicio de sus funciones y la realizacion de sus propositos.

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