TEORIA ANGLOSAMERICANA DE LA RATIO DECIDENDI
Enviado por Diego Bermudez • 25 de Marzo de 2016 • Documentos de Investigación • 442 Palabras (2 Páginas) • 254 Visitas
TEORIA ANGLOSAMERICANA DE LA RATIO DECIDENDI
La distinción entre la ratio decidendi y obiter dictum tiene gran influencia anglosamericana. Ya que esta fue por primera vez mencionada en 1673 por el juez Vaughan, donde este asegura que el razonamiento de la corte que no resulta necesario para la decisión adoptada, no es razonamiento judicial sino un mero gratis dictum.
Posteriormente en 1821 el juez Marshall asegura que se le debe dar valor precedencial a aquellas expresiones de la sentencia que sean necesario para explicar la decisión, y los demás que no resulten necesarias para decidir deben reputarse como dictum. Además que no las consideraciones no necesarios para decidir el caso no merecen valor precedencial.
La distinción entre la ratio y dicta se empieza a propagar por muchas partes del mundo contemporáneo, pero no se daba en aquel entonces métodos para identificar cuales argumentos constituyen ratio y cuales dicta, con base en esto se hacen varias discusiones.
SALMOND: “El precedente es una decisión judicial que contiene un principio, el principio subyacente forma así su elemento obligatorio denominado ratio decidendi.
CHIPNA GRAY: “En el Common Law no todas las decisiones por un juez forman un precedente judicial. Para que una decisión tenga fuerza de precedente debe tener dos elementos 1. Una decisión proferida por un juez y 2. Se debe tratar de una decisión sea necesaria para el resultado de un caso particular.
MORGAN: “Aquellas porciones de la sentencia en la que se exponen las reglas aplicadas por la corte, habiendo sido la aplicación de dichas reglas necesaria en la decisión de los problemas planeados deben ser considerados como fuente primaria en casos posteriores ante la misma jurisdicción.
Todas estas definiciones tienen características en común tal como que la Ratio parece encontrarse en los enunciados y argumentos que expresamente hace el juez anterior, por lo tanto aparece el precedente en los argumentos que hizo el juez en su sentencia anterior y que eran necesarios para justificar el fallo. Teoría que fue criticada por la teoría hermenéutico-reconstructiva.
Ya en los años 30 en Estados Unidos la teoría formalista de la ratio decidendi, en donde Goodhard, Levi y Oliphant buscaban reconstruir un concepto sobre bases realistas, los más radicales buscaban que se desecharan tales nociones.
Goodhard en su tesis de la teoría hermenutico-reconstructiva asegura como argumento central que la regla general para identificar la ratio decidendi no está en los argumentos en lo que se ha basado el juez, sino en los hechos relevantes del caso y la forma en concreta, por lo tanto se dice que su teoría no se basa en las razones de la corte si no prima el análisis de los hechos y resultados del caso.
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