ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Actividad integradora.La valoración de la actividad pericial en la sentencia penal


Enviado por   •  20 de Mayo de 2024  •  Ensayo  •  2.727 Palabras (11 Páginas)  •  85 Visitas

Página 1 de 11

[pic 1]

Universidad rosario castellanos

Actividad integradora. La valoración de la actividad pericial en la sentencia penal

[pic 2]


Índice

Introducción…………………………………Pag.2

Desarrollo……………………………………Pag.3

Conclusión……………………………………Pag.7

Referencias……………………………………...Pag.8

Introducción

Como bien sabemos es preciso que la aplicación de la ley penal no puede imponerse de forma arbitraria, al contrario, para que esta sea valida es necesario que se haya comprobado la hipótesis acusatoria que permita desvirtuar la presunción de inocencia lo que conllevara a emitir una sentencia condenatoria, por lo tanto, es necesario de que la prueba persiga la verdad como uno de sus objetivos fundamentales. Por tanto, el proceso penal no pretende constituir la culpabilidad del imputado sino describirla y declararla, bajo esta perspectiva, señalaremos que la búsqueda de la verdad es una de las funciones esenciales del proceso penal ya que viene siendo una condición necesaria del proceso que busca una decisión justa (dado que el proceso judicial tiene por objeto hacer justicia y no solo resolver conflictos) en el marco de un estado constitucional de derecho.

La prueba pericial tiene un aspecto documental referido a la redacción de los métodos usados para llegar a la conclusión que se presenta respecto al objeto peritado que esta precedido de la actividad perceptiva y analítica del perito. Además, necesita un órgano de prueba el cual es necesario que comparezca al juicio y explique el significado de su pericia que es lo que define su carácter de prueba personal, en cuanto a declaración de conocimiento del perito. Los casos en el proceso de conocimiento técnico-científico que se sitúan fuera de la cultura media que el juez normalmente posee no son nuevos, de allí que el problema de la prueba pericial se presenta en términos bastantes diferentes y complejos.

En definitiva, la validez de una prueba científica, (y por la fiabilidad de sus resultados) no es algo que haya que darse por descontado, sino dependen de la validez científica del método usado, de que se haya utilizado la tecnología apropiada y seguido rigurosos controles de calidad.

Es importante señalar, además lo referente a la observancia de la cadena de custodia cuando a través de esta se ha obtenido muestras biológicas de la escena del crimen, las que, sin alteración alguna puedan ser sometidas a las pericias correspondientes como sucede con la prueba de ADN en los delitos de violación sexual ya que, como es sabido, en varios casos se da la posibilidad de hallar restos de semen, piel o cabellos del agente que realizó el hecho delictivo las cuales sometidas a la prueba de ADN nos pueden revelar su identidad, convirtiendo a la prueba de ADN en una prueba fundamental en procesos penales cuando en la escena del crimen se encuentran fluidos corporales.

Desarrollo

Determina las razones jurídicas y periciales que determinaron el sentido de la sentencia, es decir, si se acreditó la responsabilidad y se condenó al procesado o se resolvió la no culpabilidad.

Sentencia definitiva mediante la cual se condena a Luis Ernesto Pérez Diaz, porque aceptó su participación en el delito de CONTRA LA SALUD, EN SU MODALIDAD DE   NARCOMENUDEO   EN   SU   VARIANTE   DE   POSESIÓN   SIMPLE   DE METANFETAMINA dentro del PROCEDIMIENTO ABREVIADO celebrado en la carpeta judicial **********y su acumulada*******************

se  dictó auto  de  vinculación  a  proceso  en contra de Luis Ernesto Pérez Diaz por su probable participación en hechos constitutivos de delito de CONTRA LA SALUD, EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO EN  SU  VARIANTE  DE  POSESIÓN  SIMPLE  DE  METANFETAMINA(**********y**********),ambos previstos y sancionados por los artículos 473 fracciones  V, VI y VIII, 474, 477 y 479 octavo supuesto de la Ley General de Salud; ello a título de autor material y en forma dolosa, en términos de lo estatuido por los artículos 27 y 39,  fracción  I  del  Código  Penal  en  cita. Además, se impuso la medida cautelar contemplada   en   la   fracción   XIV   del   artículo   155   del   Código   Nacional de Procedimientos Penales, consistente en la prisión preventiva el día 15 de octubre del 2022 en la carpeta **********y en fecha 18 de octubre del 2022 se varió la medida cautelar en la carpeta **********y se impuso de igual manera la medida de prisión preventiva en esa causa.

¿Cuántas especialidades periciales fueron admitidas como prueba y que problemas analizaron en cada una de ellas?

Testimonios por parte de **********, Elementos activos de la Secretaría de Seguridad y Protección a la Ciudadanía, pues resulta pertinente, ya que declararán  en  relación  a  la  Puesta  a  disposición  y  al  Informe  Policial Homologado  con  número  de  referencia **********,  pues  en  el  mismo  se establecen lo relativo a tales hechos, también del aseguramiento de 06-seis  envoltorios  de  plástico  transparente  conteniendo  sustancia  solida cristalina  con  clave  interna  de  muestra:  5138-23  presentó  un  peso  neto inicial de 0.611 g (seiscientos once miligramos) y un peso bruto de 3.722 g  (tres  gramos  con  setecientos  veintidós  miligramos)  y  fue  identificada como Metanfetamina, 01-un envoltorio de plástico transparente anudado conteniendo sustancia sólida cristalina con clave interna de muestra 5139-23 presentó un peso neto inicial de 2.059 g (dos gramos con cincuenta y nueve miligramos) y fue identificada como Metanfetamina y 01-una bolsa de plástico transparente conteniendo hierba verde y seca con clave interna de muestra 5140-23 presento un peso neto inicial de 2.575 g (dos gramos con  quinientos  setenta  y  cinco  miligramos)  y  fue  identificada  como Cannabis,  objetos  del  delito  encontrados  bajo  el  radio  de  acción  y disposición inmediata del Acusado al momento de su detención.

De conformidad con la sentencia, ¿Cuáles resultados se obtuvieron en cada pericial de conformidad con el estudio técnico?

Dictamen pericial de las QCB**********QBP.**********, Peritos Oficiales del Laboratorio de Química Forense del Instituto de Criminalística y Servicios Periciales  de  la  Fiscalía  General  de  Justicia en  el estado, en  relación  al dictamen  de  pesaje  e  identificación  de  sustancias  con  número  de  oficio **********,  con  fecha **********de **********de **********,  pues  declaran respecto  a  la  experticia  y  la  fijación,  realizada  dentro  de  dicho  informe respecto   06-seis   envoltorios   de   plástico   transparente   conteniendo sustancia solida cristalina con clave interna de muestra: 5138-23 presentó un peso  neto  inicial de 0.611 g  (seiscientos  once  miligramos) y un peso bruto de 3.722 g (tres gramos con setecientos veintidós miligramos) y fue identificada    como    Metanfetamina,    01-un    envoltorio    de    plástico transparente  anudado  conteniendo  sustancia  sólida  cristalina  con  clave interna de muestra 5139-23 presentó un peso neto inicial de 2.059 g (dos gramos  con  cincuenta  y  nueve  miligramos)  y  fue  identificada  como Metanfetamina  y  01-una  bolsa  de  plástico  transparente  conteniendo hierba  verde  y  seca  con  clave  interna  de  muestra  5140-23  presento  un peso neto inicial de 2.575 g (dos gramos con quinientos setenta y cinco miligramos) y fue identificada como Cannabis, por ser la misma que fuera encontrada bajo  el  radio  de  acción  y  disposición inmediata del  Acusado **********al momento de su detención.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (16 Kb) pdf (303 Kb) docx (88 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com