Aplicaciones tributarias. Casos
Enviado por noelia_3456 • 22 de Abril de 2024 • Informe • 1.075 Palabras (5 Páginas) • 61 Visitas
[pic 1]
Nombre: Noelia Belén Orellana Córdova Fecha: 28-11-2023
Docente: Ing. Sección: Vespertina
Curso: Cuarto “A” Carrera: Contabilidad y Auditoria
APLICACIONES TRIBUTARIAS
Resolver los siguientes casos:
Determinar si en los siguientes casos existe la obligación de las personas naturales de llevar contabilidad para el año 2024.
CASO 1:
Monto | |
Ingresos año 2023 | 299.000,00 |
Costos y Gastos 2023 | 238.000,00 |
Capital Propio al 01 de enero de 2024 | 176.000,00 |
[pic 2]
No es obligado a llevar contabilidad por qué no supera los límites establecidos en el artículo 37 del reglamento para la aplicación de la ley de régimen tributario.
CASO 2:
Monto | |
Ingresos año 2023 | 301.000,00 |
Costos y Gastos 2023 | 220.000,00 |
Capital Propio al 01 de enero de 2024 | 80.000,00 |
[pic 3]
Si debe llevar contabilidad por qué de acuerdo al artículo 37 del reglamento de la LRTI nos indica que están obligadas a llevar contabilidad las personas naturales y las sucesiones indivisas cuyos ingresos anuales del ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan sido superiores a trescientos mil (USD 300.000) dólares de los Estados Unidos de América.
CASO 3:
Monto | |
Ingresos año 2023 | 292.000,00 |
Costos y Gastos 2023 | 241.000,00 |
Capital Propio al 01 de enero de 2024 | 65.000,00 |
[pic 4]
Si debe llevar contabilidad porque de acuerdo al art.37 del Reglamento LRTI Cumple con el parámetro de costo y gasto que están obligadas a llevar contabilidad las personas naturales y las sucesiones indivisas cuyos costos y gastos anuales, imputables a la actividad económica, del ejercicio fiscal inmediato anterior hayan sido superiores a doscientos cuarenta mil (USD 240.000) dólares de los Estados Unidos de América.
CASO 4:
Monto | |
Ingresos año 2023 | 210.000,00 |
Costos y Gastos 2023 | 190.000,00 |
Capital Propio al 01 de enero de 2024 | 181.000,00 |
[pic 5]
Si debe llevar contabilidad por qué cumple con el art.37 del reglamento LRTI de capital propio mayor a 180.000 que están obligadas a llevar contabilidad las personas naturales y las sucesiones indivisas que obtengan rentas objeto de este impuesto incluidas las actividades agrícolas, pecuarias, forestales o similares, así como los profesionales, comisionistas, artesanos, agentes, y que operen con un capital propio que al inicio de sus actividades económicas o al 1o. de enero de cada ejercicio impositivo hayan sido superiores a ciento ochenta mil (USD 180.000) dólares de los Estados Unidos de América
CASO 5:
Ingresos por negocio de venta de fertilizantes año 2023 | 290.000,00 |
Ingresos por Relación de Dependencia año 2023 | 30.000,00 |
Total Ingresos | 320.000,00 |
[pic 6]
No debe llevar contabilidad por que la ley del reglamento art.37 del reglamento LRTI establece que las personas naturales dedicadas a las actividades con relación bajo de dependencia no debe llevar contabilidad en si están excluidas
CASO 6:
Ingresos por negocio venta de materiales ferretería año 2023 | 260.000,00 |
Ingresos por venta de su casa año 2023 | 190.000,00 |
Total Ingresos | 450.000,00 |
[pic 7]
...