Audiencia de Conciliación Laboral Trabajo Final
Enviado por Alejandra Idelfonso • 6 de Diciembre de 2023 • Informe • 627 Palabras (3 Páginas) • 70 Visitas
AUDIENCIA DE CONCILIACION:
1-ESTA FORMADO EL TRIBUNAL POR: UN JUEZ, UNA SECRETARIA, 2 VOCALES Y UN ALGUACIL DE ESTRADOS O ORDINARIO. CONJUNTAMENTE CON AMBOS REPRESENTANTES LEGALES. UNO DE LA PARTE DEMANDANTE Y UNO DE LA PARTE DEMANDADA.
2-EI ALGUACIL LLAMA A LAS PARTES POR SU NOMBRE A LA AUDIENCIA DE CONCILIACION.
EN ESTE CASO SE TRATA DE UNA DEMANDA EN PAGO DE PRESTACIONES LABORALES Y DAÑOS Y PERJUICIOS. EN VIRTUD DE LOS ARTÍCULOS 147,69, 163, 164, 16, 177, 219 DEL CODIGO DE TRABAJO y 145, 203 DE LA LEY No. 87
Exigiendo la misma el pago de:
- Cesantía
- Vacaciones
- Salario de navidad
- Bonificaciones
- Horas extraordinarias
- Daños y Perjuicios por no estar inscrito en el sistema de seguridad social
3-EL JUEZ MANIFIESTA QUE QUEDA CONSTITUIDO EL TRIBUNAL EN MATERIA DE CONCILIACIÓN Y LES PREGUNTA SI EXISTE ALGUN OFRECIMIENTO DE CONCILIACION A LAS PARTES REPRESENTANTES.
En virtud de que la parte demandada no compareció en juez falló de la siguiente manera:
PRIMERO: se levanta acta de no conciliación en virtud de la falta de comparecencia de las partes demandadas, no obstante haber sido legalmente citadas acto núm. 2464/2022 de fecha 07/11/2022, instrumentado por el ministerial Miguel Ángel Grullar Ramos, alguacil ordinario de este tribunal:
SEGUNDO: Se fija audiencia de producción y discusión de las pruebas para el día miércoles que contaremos a 18 de enero del año 2023, a las 9_oo a.m., vale citación únicamente para la parte representada en audiencia;
TERCERO: Se ordena la comparecencia personal de las partes;
CUARTO: Se pone a cargo de las partes notificar la presente sentencia a las partes demandas y Se reservan las costas del procedimiento.
SI DESEAN UNA CONCILIACION, SI LAS PARTES ESTAN DEACUERDO EL JUEZ PROCEDE A LEVANTAR ACTA DE CONCILIACION, ANTE EL ACUERDO LLEGADO POR AMBAS PARTES DE MANERA VOLUNTARIA Y TERMINA LA AUDIENCIA, LEVANTANDOSE UN ACTA DE CONCILIACION.
AUDIENCIA DE PRODUCCIÓN Y DISCUSIÓN DE LAS PRUEBAS:
CON RELACIÓN DE LA DEMANDA LABORALES Y DERECHO ABQUIRIDO POR DIMISIÓN EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY 87, ARTÍCULOS 203, 147, 159, 203, 177, 223, 224, 219 Y ARTICULO 97 NUMERAL 14 DEL CÓDIGO DE TRABAJO
EXIGIENDO LA MISMA EL PAGO DE:
- preaviso
- cesantía
- vacaciones
- Completivos de Salario De Navidad año 2021
Horas extras al 35%
- horas extraordinarias al 100%
- Participación en los beneficios De la empresa 60 días
- días feriados aumentados a un 100%
- Salario
1- EL TRIBUNAL ESTA FORMADO POR: UN JUEZ UNA SECRETARIA 2 VOCALES Y UN ALGUACIL DE ESTRADOS. CONJUNTAMENTE CON AMBOS REPRESENTANTES LEGALES. UNO DE LA PARTE DEMANDANTE Y UNO DE LA PARTE DEMANDADA.
...