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Caso Práctico I Nuevo Salario, Mismas funciones


Enviado por   •  15 de Julio de 2023  •  Trabajo  •  773 Palabras (4 Páginas)  •  82 Visitas

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Caso Practico I

Nuevo Salario, Mismas Funciones: Marco Legal Laboral

Jose Luis Marin Muñoz

Maestria en Marketing y Direccion Comercial

Modulo. Marco Legal Laboral

Bussines School – EUDE

Julio 2023

Caso Practico I

Nuevo Salario, Mismas funciones. Preguntas a resolver:

  1. ¿Cuáles  son  las  acciones  legales  que  la  Sra.  Georgina  Gómez  puede iniciar?

 Acciones legales:

  • Entablar un acuerdo bilateral con el patrón buscando un comun acuerdo o ante la  Secretaria  del Trabajo y Previsión Social o la Junta de Conciliación y Arbitraje.
  • Solicitar defensa ante  la  Junta de Conciliación y Arbitraje, sabiendo que el plazo maximo estipulado  son 2 meses desde el día en que se presenta el despido injustificado.

Puede tambien ejercitar dos acciones:

  • Reinstalación: que le otorga la restitucion a  su  puesto  de  trabajo; bajolas  mismas prestaciones y funciones que tenia cuando fue despedida injustificadamente.
  • Indemnización: es el pago que debe realizar el patron cuando termina la relación laboral por despido injustificado.

  1. ¿A qué instancia legal debe dirigirse la acción y por qué razones?

Debe dirigirse a la estancia de la Junta Federal de Conciliacion y Arbitraje por los siguientes motivos:

  • Esta junta se encarga de las  relaciones  laborales,  mediante  la conciliación y el arbitraje.
  • Esta Junta se encargada de resolver los conflictos laborales de competencia estatal.
  • Esta Junta se encarga de garantizar la  trasparencia,  certeza  y seguridad jurídica en la solución de conflictos laborales.

  1. ¿Quiénes son los sujetos contra los cuales debe entablar su acción? Argumente, precisando las normas que respalden la decisión.

En contra del actual Director General y  el  Director  General en calidad de jefe del area correspondiente; siendo el responsable en la de reducción de personal. La acción se interpondria jurídicamente bajo al artículo 10 de la Ley Federal de  Trabajo mencionando que  “el  patrón  es  la  persona  física  o  moral  que  utiliza  los servicios de uno o varios trabajadores. Si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de otros trabajadores, el patrón de aquél, lo será también de estos”, por ende la trabajadora estaba siendo dirigida por los mencionados.

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