Contratos civiles y comerciales. Contrato de donación
Enviado por Nahuel Borba • 30 de Marzo de 2024 • Resumen • 930 Palabras (4 Páginas) • 74 Visitas
Contrato de donación
En este contrato, un donante le transmite gratuitamente un bien mueble o inmueble a otra parte, llamada donatario y ésta lo acepta.
Requisitos esenciales:
- Existencia de animus donandi
- Transferencia del dominio de la cosa de modo gratuito
- El acto debe darse entre vivos
Caracteres:
- Unilateral, porque la única obligación le corresponde al donante
- Consensual, porque debe existir aceptación por parte del donatario
- Gratuito, porque no existe ventaja para el donante
- De ejecución instantánea, aunque el cumplimiento sea inmediato o diferido
- Nominado
- No formal, excepto que se trate de bienes inmuebles o muebles registrables, o prestaciones periódicas o vitalicias
- De acto entre vivos
- Principal
Elementos esenciales:
Capacidad:
Al donatario le es exigible capacidad para contratar y al donante se le exige también, capacidad para disponer.
Toda persona que quiera efectuar una donación, debe contar con facultades plenas para disponer de sus bienes.
Los emancipados no pueden donar las cosas recibidas a título gratuito.
Si la donación es realizada a una persona incapaz, la aceptación debe ser hecha por su representante legal.
Consentimiento:
Debe existir un acuerdo de voluntades, es decir, además de una propuesta formulada por el donante, es necesaria la aceptación del donatario.
La aceptación puede ser tácita o expresa. Debe producirse en vida del donante y del donatario
Objeto:
Debe ser un objeto material y debe encontrarse en el patrimonio del donante. Son nulas las donaciones de objetos futuros o ajenos.
También, se establece que el donante no puede donar todo su patrimonio, salvo que éste se reserve el usufructo de dichos bienes o una parte que permitiese su subsistencia.
Causa fin: animus donandi, el espíritu de beneficiar a alguien.
Obligaciones -
Del donante:
- Entregar la cosa
- Deberá responder por vicios redhibitorios cuando se haya pactado en el contrato o cuando haya existido mala fe o dolo por parte del donante. El donante deberá indemnizar al donatario por los gastos en los que éste incurrió
Del donatario:
Si se trata de una donación gratuita, el donatario tiene la obligación de prestar alimentos al donante. Esto se da en la medida de que el donante no tenga medios mínimos de subsistencia ni que existan parientes obligados a esto.
En caso de incumplimiento por parte del donatario, el donante podrá revocar el contrato o pedir el cumplimiento de esa obligación.
El donatario puede liberarse devolviendo la cosa donada o su valor en dinero si esta hubiese sido enajenada.
Tipos de donación –
Donaciones mutuas: se dan cuando ambas partes se realizan mutuamente la entrega de cosas, en un solo y mismo acto. Son 2 contratos separados (unilaterales) pero que se celebran en un mismo acto.
A diferencia de la permuta, el valor de las cosas que se transmiten pueden ser muy distintos.
La nulidad de una de las donaciones afecta a la otra, pero caerá la donación de quien actuó con algún vicio y no se perjudicará a quien actuó de buena fe.
Donaciones remuneratorias: son las que se realizan en recompensa de un servicio prestado, van del donatario hacia el donante.
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