Contratos de Préstamo. Apuntes sobre la Reflexión Obligatoria
Enviado por Adlimsay Abello • 4 de Marzo de 2023 • Ensayo • 2.876 Palabras (12 Páginas) • 124 Visitas
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República Bolivariana De Venezuela
Ministerio Del Poder Popular Para La Educación Universitaria Pontificia Universidad Católica Santa Rosa
Escuela de Derecho
Sección FS08A
El Contrato de Prestamo
Integrantes: Rivero Clarivel V-13.042.082
Dugarte Deivis V-20.129.055
Barreto Hugo V- 22.904.976
Dra. Daniela Chacón
Caracas, 03 de Marzo del 2023
Índice
Portada.
El Anticipo………………………………………………………................................………………..1.
Objeto del contrato………………………………………….........................………………..…..2.
El Prestamista………………………………………………….............................…………………3.
El Prestatario……………………………………………………..............................……………….4.
Obligaciones y Derechos del Prestamista y Prestatarios…………......………..5.
Tipos de Préstamos………...……………………………………........................……………..6.
Las Clausulas de Ajuste o Corrección monetaria……………...........…………….7.
INTRODUCCIÓN
El trabajo actualmente titulado “Contratos de Préstamo. Apuntes sobre la Reflexión Obligatoria” está motivado por las herramientas prácticas actuales para distintos tipos de contratos articulados y cumplidos por una combinación de diferentes esquemas negociables, donde el contrato de préstamo constituye el hecho de sustentar su existencia y marco legal.
Evidentemente, proporcionar la naturaleza jurídica del contrato de préstamo es el máximo atractivo de estos investigadores novatos; para ellos, determinar la naturaleza jurídica de un sistema equivale a descubrir su esencia, que es, en última instancia, el condimento de todas las teorías; todo pensamiento y análisis posterior atesoran casa.
Se analizan sus características, concepto y naturaleza. Intenta probar que la naturaleza jurídica tradicional no se corresponde con las características de los contratos actuales ni con la etapa de formación del contrato según la teoría general del derecho contractual.
Los préstamos mutuos o préstamos al consumo se desarrollaron y perfeccionaron en el derecho romano. Actualmente, es probablemente el sistema legal más completo para las relaciones jurídicas, especialmente las relaciones jurídicas comerciales. Por ello, es necesario que sus estatutos civiles lo definan con claridad y precisión, ya que es la base del comercio, la banca, las relaciones públicas y privadas.
A nivel contractual, cualquier fin de financiación se logra siempre utilizando modelos contractuales típicos, como el crédito mutuo o abierto. De hecho, la forma más habitual de realizar actividades de financiación es el contrato de préstamo, que se establece como base de hecho y de derecho para la realización de cualquier actividad por el motivo determinante de este tipo de contrato.
El Anticipo
Un anticipo de un contrato es considerado como aquel que debe utilizarse para cubrir costos importantes, pero un anticipo es un pago parcial a un contratista.
Ahora bien, se puede decir que un anticipo es un pago o recibo por una actividad comercial, en efectivo, transferencia o de la misma forma que se puede utilizar cualquier otro medio de pago siempre que sea antes de la entrega de la mercancía o prestar servicios.
También puede definirse como un instrumento en el que la entidad contratante también entrega una cantidad al contratista en concepto de anticipo, o anticipo sobre el presupuesto del contrato, con el fin de financiar la propuesta y pagar la ejecución que debe comenzar. “El anticipo constituye el primer pago de los contratos que habrá de destinarse al cubrimiento de los costos iniciales, mientras que el pago anticipado es la retribución parcial que el contratista recibe”.
En otras palabras, un anticipo es el pago o cobro en efectivo, transferencia o cualquier otro método de pago, de una operación comercial, en un momento anterior a la entrega de la mercancía o prestación del servicio; es decir, el anticipo se produce antes de la realización de la operación principal.
El anticipo se toma como recursos que la entidad entrega al contratista incluso antes de la ejecución del contrato con el fin de financiarlo y no como pago por los trabajos o labores acometidas. Por lo mismo, no extingue ninguna parte de la obligación de pago que adquiere la entidad por la celebración del contrato ni, por tanto, entran al patrimonio del contratista sino que conservan el carácter de públicos.
Objeto del contrato
Un contrato de préstamo es un documento emitido entre dos partes, en el cual sale reflejado la entrega de una cantidad de dinero (anticipo), u otra cosa consumible o no consumible, conocido como comodato, esta entrega se produce con la condición de devolver o retribuir dicho comodato con la prestación de un servicio, una mercancía o el pago de dicho préstamo en el tiempo determinado en dicho contrato. Este préstamo puede ser gratuito estar sometido al pago de unos intereses.
Este contrato tiene como objetivo principal establecer una obligación o responsabilidad entre dos personas, que a través de la entrega de una cantidad de dinero, una cosa consumible o no, con la condición de devolver en su totalidad el préstamo dado o algo equivalente al valor de este, en el periodo determinado. Este préstamo puede ser gratuito (el comodato) o, por el contrario, estar sujeto al pago de unos intereses.
Se entiende como contrato de préstamo de dinero a aquel en el que una entidad (prestamista) facilita una cantidad, en una divisa determinada, con el compromiso de que el solicitante (prestatario) la devuelva en las condiciones pactadas (plazo de devolución, cuotas, etc.), abonando los correspondientes intereses y comisiones.
El Prestamista
El prestamista es el individuo u organización que otorga crédito o hace un préstamo por una suma específica de dinero a cambio de la promesa del prestatario de pagarlo con intereses y bajo los términos predeterminados del contrato.
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