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Derecho de la regulacion


Enviado por   •  22 de Enero de 2025  •  Informe  •  2.902 Palabras (12 Páginas)  •  38 Visitas

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ANÁLISIS DE CASOS

1. Responde cada una de las preguntas de forma fundamentada analizando las normas, además de jurisprudencia o doctrina de corresponder lo siguiente:

1. Analiza de forma individual la siguiente resolución:

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/921804/Osinergmin-0338-2019-OS-JARU-SC.pdf, e indica lo

siguiente:

a. Resumen de los principales fundamentos del usuario, del prestador del servicio y de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios.

El usuario solicitó la instalación de un nuevo suministro eléctrico monofásico para el segundo piso de su predio, argumentando que la concesionaria exigía requisitos innecesarios como la actualización de la constancia de posesión y la presentación de un permiso municipal. Sostuvo que la Ley N.º 30477 establece que las empresas de servicios públicos deben gestionar dichos permisos y afirmó haber cumplido con presentar un plano de instalaciones eléctricas independientes, además de ofrecer una contracautela en forma de caución juratoria.

Por su parte, la concesionaria argumentó que el predio ya cuenta con un suministro eléctrico instalado desde 1996, cuyo titular es una persona distinta al solicitante, y cuestionó la validez de la constancia de presentación por ser de hace 12 años, considerando que no refleja las modificaciones realizadas en el predio. Asimismo, señaló que aceptar dicha constancia podría fomentar la informalidad y generar conflictos con otros posibles propietarios o poseedores, además de deudas solidarias conforme al artículo 82 de la Ley de Concesiones Eléctricas.

La Junta de Apelaciones inicialmente otorgó la medida cautelar a favor del solicitante, considerando que se acreditaba la apariencia del derecho, el perjuicio en la demora y la presentación de una contracautela adecuada. Sin embargo, tras el recurso de reconsideración, revocó esta decisión al anunciar que la constancia de posesión era insuficiente por no estar actualizada ni ser específica respecto al segundo piso. Además, la existencia de un suministro previo, cuyo titular no es el solicitante, genera incertidumbre sobre las condiciones de posesión del predio, lo que podría afectar derechos de terceros. La Junta concluyó que estas evaluaciones no podían realizarse en un procedimiento cautelar, por lo que declaró fundado el recurso de reconsideración, levantó la medida cautelar y dejó a salvo el derecho del solicitante para presentar una nueva solicitud con documentación actualizada.

b. Opinión crítica fundamentada de los resuelto (si estás de acuerdo o no y por qué)

En mi opinión, la resolución adoptada por la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios de OSINERGMIN es adecuada, aunque existen elementos que podrían ser debatidos para ofrecer una visión más equilibrada sobre el caso.

En primer lugar, es importante destacar que la resolución está fundamentada en un principio clave en el derecho administrativo y de servicios públicos: la necesidad de contar con una documentación actualizada y precisa para la solicitud de servicios como el suministro eléctrico. En este contexto, la concesionaria, al cuestionar la validez de la constancia de posesión presentada por el solicitante debido a su antigüedad, tiene razón al señalar que la situación podría haber cambiado durante los 12 años que transcurrieron desde su emisión. Esto es crucial, ya que una constancia desactualizada podría generar conflictos con otros posibles poseedores o propietarios del predio, afectando la certeza jurídica sobre los derechos de uso y ocupación del inmueble. En este sentido, la Junta actuó correctamente al exigir que el solicitante presente documentación actualizada sobre la posesión del predio antes de poder acceder a un nuevo suministro.

Además, la existencia de un suministro eléctrico previo, cuyo titular no es el solicitante, también justifica la decisión de levantar la medida cautelar. Este elemento plantea dudas sobre la titularidad y posesión del predio por parte del solicitante, lo que podría generar inconvenientes en la administración del servicio y en la determinación de responsabilidades, especialmente en relación con deudas potenciales o problemas relacionados con el uso del suministro eléctrico.

Sin embargo, algunos aspectos de la resolución podrían generar debate. El procedimiento cautelar tiene carácter expeditivo, pero no por ello debe ser tratado de manera tan restrictiva que se pierda de vista la necesidad de proteger los derechos del usuario. El hecho de que la Junta haya rechazado el requerimiento con base en documentación insuficiente, sin que se haya realizado una evaluación más exhaustiva de las circunstancias o de la situación en el predio, podría haber dado lugar a una decisión más equitativa, garantizando un acceso más expedito al servicio solicitado, siempre que se presenten garantías de que no existe un perjuicio para otras personas involucradas.

En resumen, aunque la resolución está bien fundamentada desde una perspectiva legal y administrativa, es posible que el enfoque restrictivo adoptado en este caso limite el acceso del solicitante al servicio de manera innecesaria. La decisión, si bien es coherente con la normativa aplicable, podría haber sido más flexible al permitir la instalación del suministro bajo la condición de que el solicitante regularice su situación documental en un plazo razonable, lo que no habría afectado la seguridad jurídica del proceso. Por lo tanto, en general, estoy de acuerdo con los fundamentos legales de la resolución, pero considero que una mayor flexibilidad podría haber sido beneficiosa en aras de la eficiencia y protección de los derechos de los usuarios.

2. Analiza los siguientes casos:

a. Caso 1: La empresa el GRAN DORADO SA es una empresa dedicada a la pesca y producción de conservas de pescado en todo el territorio nacional, aunque en el país tiene una participación del mercado del 7%, en el departamento de Piura tiene la mayor participación del mercado con un 48% del total del mercado, seguido de la empresa PEQUEÑA SARDINA SAC con un 12% de participación y la empresa REY BONITO SAC con un 5& de participación del mercado de pesca y producción de conservas de pescado. A su vez en Piura hay tres distribuidores mayoristas que venden las conservas VENTA TODO SAC, MAS VENDEDOR SA y la recién entrante al mercado SUPER MEGA VENTAS SAC. que trae conservas tailandesas más baratas siendo un éxito en ventas. Indique si las siguientes conductas constituyen conductas anticompetitivas identificando el tipo de figura anticompetitiva y la norma que lo regula en cada caso.

i.Acordó con

...

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