Empresa agraria y propiedad agraria
Enviado por LisArias21 • 26 de Septiembre de 2024 • Apuntes • 3.160 Palabras (13 Páginas) • 39 Visitas
AGRARIO
1) Origen del derecho Agrario
Se ha afirmado que la actividad agraria ha sido la primera de todas las actividades económicas, a este hecho le han dado gran trascendencia los juristas agrarios que argumentaron que la alimentación y la vestimenta son necesidades primarias experimentadas en todos los tiempos; por esto consideran que las primeras normas jurídicas (consuetudinarias) tuvieron por objeto reglar la actividad agraria. Entonces, si aceptamos esto universalmente, coincidiremos que el origen del derecho agrario, sin dudas, es la costumbre.
Pero el derecho agrario, al igual que el derecho minero, tiene la particularidad de no poseer una autonomía suficiente, sino que es, una especialización. Estudia a la Empresa Agraria, ordenando los factores agrarios para lograr el objetivo de producir, por medio de la actividad agrícola-ganadera, dentro del ámbito rural.
- Las primeras manifestaciones jurídicas del derecho agrario se encuentran en el Código de Hammurabi y más claramente, en la ley de las XII tablas.
- En la época colonial surgieron, en todos los países conquistados por España, disposiciones que tendían originariamente al reparto de tierras.
- Durante la Edad Media la propiedad de la Tierra se confundía con el concepto de soberanía.
- Con la revolución francesa se confunde el derecho agrario con el civil, no se da ningún tratamiento especial al fundo (rural) rigen los principios liberales: dominio absoluto, excluyente y exclusivo.
- Con la primer guerra mundial surge el derecho agrario : con el consentimiento social surge un movimiento que toma a la propiedad privada con un fin social; permitiendo la intervención del estado.
2) Empresa Agraria y Propiedad Agraria.
La diferencia radica en que la actividad agraria son las actividades que realiza un empresario mediante una organización instrumental en orden a la producción o al intercambio de bienes y servicios; y la Propiedad Agraria, es el derecho a la propiedad sobre el fundo agrario. Ambas pueden pertenecer a un mismo sujeto.
3) Sanidad Vegetal y Sanidad Animal
Dice CATALANO, y así es hoy en día, que el SENASA es el organismo nacional encargado de:
- las investigaciones técnicas e inspección y control técnico agroalimentario del los productos del agro.
- Fiscaliza y certifica los productos y subproductos de origen animal y vegetal, los insumos y residuos agroquímicos y la erradicación y control de las enfermedades y plagas que afectan la producción agropecuaria.
- Lleva varios registros específicos (por ejemplo, el registro Nacional Sanitario de productores Pecuarios).
- Controla e cumplimiento de los requisitos higiénicos-sanitarios para la instalación y funcionamiento de los establecimientos donde se procesan y comercializan ganado y carnes.
- Interviene en el control y erradicación de plagas y enfermedades de vegetales y animales de consumo.
Sanidad Animal: es la desarrollada por el estado para la prevención, control y erradicación de las enfermedades de los animales y sus derivados, asegurando el cumplimiento de las normas vigentes a través de los organismos específicos creados para tal fin.
Sanidad Vegetal: es la desarrollada por el estado y que entiende en la protección fitosanitaria de los vegetales, productos, subproductos, derivados, insumos específicos y alimentos, elaborando las normas que deben ajustarse las personas físicas y jurídicas, organismos e instituciones públicas y privadas que actúen en la materia. Además, organiza, supervisa y ejecuta planes y programas destinados a la prevención, control y erradicación de plagas, especialmente las llamadas cuarentenarias, y enfermedades de los vegetales y sus productos.
4) Compare cómo se adquiere la propiedad de semovientes y la fauna silvestre. Demuestre la propiedad de ganado por el Código Civil y Agrario. ¿Cómo se adquieren animales de raza?
- Los animales son considerados “cosas muebles” o “semovientes” (que se desplazan por sus propios medios), regulados por el art. 2412 del CC que establece el principio de posesión como título, quien detenta un bien lo hace a título de propietario por el sólo hecho de poseerlo. De esta manera, quien tenía en su poder un animal era considerado su dueño; pero a raíz del “cuatrerismo” (robo de ganado) y por imperio de la ley Nacional 22.939/83, la demostración de la propiedad del ganado se acredita a través del sistema de marcas y señales. He aquí la diferencia en el concepto de propiedad del CC con los códigos agrarios, donde éstos, que son facultades provinciales, establecieron un registro único de marcas para el ganado mayor y de señales para el ganado menor. En cada provincia se lleva un control del otorgamiento de autorización para usar determinado dibujo o inscripción de los animales que solicitasen los dueños; esa marca y esa señal, debe ser única en cada provincia, debe ser puesta con conocimiento y asentimiento de los vecinos en un laboreo que se conoce como “yerra”. Los animales silvestres que se encuentran en libertad naturalmente son considerados res nullíus según el Código Civil, es decir que, como cosa sin dueño, cualquiera puede obtener su dominio por apropiación; en cambio si el terreno donde están está cercado, plantado o cultivado, el tenedor del terreno debe autorizar su caza.
- La propiedad de los ejemplares de raza se probará por el respectivo certificado de inscripción en los registros genealógicos y selectivos reconocidos, que concuerde con los signos individuales que llevaren los animales. Las normas a que debe sujetarse la inscripción de los animales de raza resultan de las reglamentaciones de las entidades privadas que las han organizado (Sociedad Rural, Jockey Club) que determinan diversas formas de identificación según las especies y razas; por ejemplo: el tatuaje en las orejas para los bovinos.
5) Producción Orgánica. Sintetice el Régimen Legal adoptado en nuestro país.
Se entiende por producción orgánica, a la producción agropecuaria, sustentable y libre de productos químicos, y otros de efectos tóxicos para la salud humana. La producción orgánica, cada vez se impone mas en los mercados, aunque su rinde no es el mismo, la gente la está solicitando y se dispone a pagar unos centavos más porque sabe que ese producto que lleva a su mesa, es enteramente sano y aprovechable para su organismo.
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