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Supuesto práctico en Derecho societario


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2023  •  Examen  •  1.191 Palabras (5 Páginas)  •  167 Visitas

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Asignatura

Práctica procesal mercantil y comunitaria Paula Carazo Alcántara

Profesor responsable de la Asignatura:

Tipo de actividad:

Título de la actividad:

Actividad de Evaluación Continua (AEC)

Supuesto práctico en Derecho societario

OBJETIVOS DE APRENDIZ AJE

El objetivo de la actividad es analizar el funcionamiento de los órganos de una sociedad anónima a través de la emisión de un dictamen jurídico sobre los temas que precisan del asesoramiento del estudiante.

DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

La sociedad CHARLICHOC SA es una sociedad anónim a cuyo objeto social es la producción de chocolate El domicilio social se encuentra en Madrid. La producción se realiza en una fábrica que tienen en Alcalá de Henares. Poseen además, tres tiendas de venta directa al público, una de ellas, situada en la calle Goya, que representa el 30% del total del activo de la empresa.

El capital de la sociedad es de 150.000€, dividido en acciones de 2€ de valor nominal; cada acción tiene un derecho voto. La estructura del capital de la sociedad se caracteriza porque tiene pocos accionistas cuyas aportaciones dinerarias a la sociedad han sido las siguientes:

  • Mariano 50.000€

-        Paloma 50.000€

  • Roberto 39. 000 €

-        Marta        8. 000€

-        Lucas        3. 000 €

Por su parte, la administración de la sociedad reviste la forma de consejo de administración; siendo los consejeros de la sociedad, los accionistas Mariano, Paloma y Roberto, desde el año 2012.

Se celebra junta general el 13 de abril de 2021. Asisten todos los accionistas y se aprueba la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resuelven la aplicación de los beneficios a reservas. Dichos acuerdos se adoptan con los votos favorables de Mariano y Roberto, mientras que Paloma y Marta votan en contra, Lucas se abstiene.

El 20 de abril, Marta solicita al consejo de administración mediante requerimiento notarial la convocatoria de junta para deliberar sobre la separación de los consejeros. El consejo de adm inistración no atiende a la solicitud de Marta.

El 1 de junio de 2021, el consejo de administración convoca junta general para su celebración el 3 de julio de 2021 a las 15.00. En cuanto al lugar de celebración de la junta general es en León, térm ino municipal que consta como domicilio social en la convocatoria de junta. El único punto del orden del día que figura en la convocatoria era el siguiente:

El aumento del capital social en la cantidad de 50. 000€, mediante la emisión de nuevas acciones con desembolso en metálico, acordando a la vez la supresión total del derecho de suscripción preferente, y consiguiente modificación del artículo de los Estatutos sociales a respecto de la cifra del capital social al incrementarse a 200.000€.

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[pic 3]Marta al recibir por correo certificado la convocatoria, se inquieta al observar que el domicilio social ya no se encuentra en Madrid sino en León. El 3 de junio recibe el consejo una carta certificada en el nuevo domicilio social, donde el remitente, la accionista, Marta, solicita el complemento de convocatoria. Requiere que se incluya en el orden del día la destitución la modificación estatutaria del sistema de retribución de los administradores. El consejo de administración no publica el complemento ni incluye en el orden del día el asunto.

Por su parte, Lucas solicita en la propia junta que se le informe del aumento de capital, en particular, precisa conocer por qué no tienen derecho los accionistas a participar en el aumento y la identidad del inversor que adquiere las acciones. El consejo de administración le contesta: "Con la ínfima participación en la sociedad que tiene el accionista, Lucas, el consejo de administración no tiene obligación de contestar a su solicitud".

La junta general se celebra en primera convocatoria el 3 de julio, acuden todos los accionistas, votan a favor del aumento de capital, Mariano, Roberto y Paloma y votan en contra Marta y Lucas.

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