Derechos al buen vivir
Enviado por Viviana Vera • 3 de Marzo de 2023 • Ensayo • 1.223 Palabras (5 Páginas) • 161 Visitas
En el capítulo segundo de la Constitución de la República del Ecuador, “Derechos al buen vivir”, la sección sexta sobre los discapacitados mencionando en el Art. 47 que garantiza la política preventiva de los discapacitados y su integración social. que reconoce los derechos de las personas con discapacidad, tales como: el acceso adecuado a todos los bienes y servicios, la eliminación de todas las barreras arquitectónicas y los mecanismos, herramientas y medios alternativos de comunicación, incluida la lengua de señas sorda, oral. Así promovemos la igualdad de derechos y la inclusión en nuestra sociedad. (LEY ORGÁNICA DE DISCAPACIDADES, 2012).
El párrafo séptimo del art. 58 de la Ley de Minusválidos establece que: Se garantiza a los minusválidos el acceso y uso de los bienes y servicios de la sociedad, eliminando los obstáculos que impidan o dificulten su normal desarrollo e integración social. Toda obra pública y privada de acceso público, ya sea urbana o rural, deberá brindar acceso, transporte, información y recursos adecuados a las personas con discapacidad.
A continuación, mencionamos los derechos mas importantes de las personas con discapacidad establecidos en la Ley Orgánica de Discapacidades:
Art. 19 Derecho a la salud: La salud es un derecho garantizado por el Estado, cuya realización está relacionada con el ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, a la alimentación, a la educación, a la cultura deportiva, al trabajo, a la seguridad social, a un medio ambiente sano y a otros derechos que preserven el buen vivir.
Art. 27 Derecho a la educación: l derecho a la educación es una condición social, económica, política y cultural que permite superar la pobreza, reducir la desigualdad, generar igualdad de oportunidades a través de la movilidad social, promover una adecuada adaptación a la vida laboral, porque las oportunidades de desarrollo se basan en conocimientos y habilidades que se adquieren en el tiempo gran parte del sistema escolar. La meta del Estado ecuatoriano en este importante eje es que la educación no se detenga por la crisis sanitaria. Es un reto y una oportunidad para repensar la educación y hacer sugerencias y otros métodos de enseñanza.
Art. 42 El derecho a la cultura: las personas con discapacidad tienen derecho a participar en la vida cultural en igualdad de condiciones con los demás, incluido el acceso a eventos, espectáculos y servicios culturales, así como a actividades de ocio y deportivas. El objetivo principal de este derecho es eliminar temporal y permanentemente las barreras físicas, culturales y sociales de las personas con discapacidad a través de la educación, la formación y la mejora.
Art. 43 Derecho al deporte: EL estado trata de lograr la integración social de estos individuos. Hoy en día, las personas con discapacidad física, psíquica y sensorial tienen la oportunidad de practicar deportes a todos los niveles, desde la más pura actividad recreativa hasta el más alto nivel de competición. Las iniciativas públicas y privadas para crear estos derechos de uso son amplias; También permiten el ejercicio físico independientemente de que la discapacidad sea física o motora.
Deportes para discapacitados adapta deportes para que estas personas puedan practicar. Si no, crea nuevas disciplinas con sus propias reglas para que pueda desarrollarse con normalidad. El deporte es el nexo de unión de la sociedad, y el periodismo es la forma en que se difunden y difunden los logros y avances de sus diversos campos.
Art. 45 Derecho al Trabajo: El Ministerio del Trabajo promueve el cumplimiento de las obligaciones laborales contenidas en la Ley del Trabajo; y realiza inspecciones a nivel nacional a través de las agencias de inspección del trabajo y los departamentos laborales regionales en coordinación con la unidad de discapacidad para garantizar los derechos de ciertos empleados discapacitados y encontrarles empleo en la empresa de acuerdo con el contrato. porcentaje prescrito por la ley.
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