Sesión 1: Foro Académico
Enviado por jorge victoriano • 6 de Octubre de 2023 • Tarea • 531 Palabras (3 Páginas) • 28 Visitas
Sesión 1: Foro Académico [pic 1]
- ¿Cuáles son los principios que deben tenerse en cuenta a la hora de legislar en materia tributaria en nuestro País y como se aplican
Art. 74 de la Const. Política del Perú contempla 4 principios implícitos:
- Principio de Reserva de ley: distribuir la capacidad tributaria, garantizando que la regulación de los tributos se lleve a cabo exclusivamente a través de la ley y rechazando cualquier regulación que no sea legal.
- Principio de Igualdad Tributaria: es fundamental comprender que no todas las personas pueden contribuir de la misma manera y en igual cantidad a la sociedad, esto basado en sus ingresos y bienes. Como resultado, se busca establecer una igualdad vertical, es decir, que los impuestos serán tratados de manera diferente si los ingresos son diferentes. Esto iguala a los contribuyentes según su capacidad.
- Respeto por los Derechos Fundamentales: tomando en cuenta la definición de los derechos fundamentales y destacando si son inherentes al ser humano que estos parten de la dignidad de la persona, podemos comprender fácilmente por qué son el principio de referencia en el derecho tributario.
- Principio de No Confiscatoriedad: estable que los impuestos no deben ser tan elevados que puedan confiscar los ingresos o la propiedad de un contribuyente. Los impuestos deben ser proporcionados a la capacidad económica de los contribuyentes y razonables.
- ¿Cuáles son los Principios Constitucionales Aplicables a la Materia Tributaria en Argentina?
La Constitución Nacional de Argentina establece ciertos principios que deben observar los tributos:
- Legalidad: Todo tributo debe estar creado por una ley.
- Igualdad: Igualdad entre personas con similar capacidad contributiva.
- Generalidad: Los tributos deben abarcar las distintas formas de exteriorizar la capacidad contributiva. Deben alcanzar íntegramente a las distintas personas y a los diferentes bienes.
- No confiscatoriedad: deben garantizar la propiedad privada.
- Proporcionalidad: en correspondencia con la capacidad contributiva.
- Equidad: También llamado principio de justicia. Sintetiza a todos los demás principios tributarios.
- ¿La Administración Tributaria puede crear impuestos?
En lo general no, según lo investigado crear impuestos le corresponde exclusivamente al congreso de la república, ya que dentro de la Administración T. tenemos a la SUNAT quien tiene como finalidad primordial administrar los tributos del gobierno nacional y los conceptos tributarios y no tributarios; y recaudar los tributos del gobierno central, como también las municipales quienes recaudan los impuestos del gobierno local, son ellos quienes pueden también crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley según el artículo 74º
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