Articulo Natuchips, publicidad engañosa
Enviado por NATALYA CAMILA ORTEGON SABOGAL • 18 de Noviembre de 2015 • Ensayo • 677 Palabras (3 Páginas) • 187 Visitas
Natuchips, publicidad engañosa
Existen diversas maneras en las cuales las personas estamos influenciados por la publicidad engañosa de las compañías de producción de comestibles , esta se manifiesta cuando el mensaje que comunica una marca o producto contiene elementos que tienen un concepto equivocado de la realidad de lo que es éste, estoy convencida de que al omitir la tabla de información nutricional en los productos, esto genera un engaño al consumidor, un ejemplo claro, es lo sucedido con la compañía Pepsico Alimentos Colombia, en la cual la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), demandó por 340 millones de pesos por no entregar el contenido ofrecido en uno de sus productos, se trata de la reconocida marca Natuchips Plátano Verde.
El caso de este producto se centra en una investigación realizada por la misma entidad Pepsico que determinó que mientras en “la cara principal del empaque del producto se mencionaba que este contenía 51 gramos, en el anverso y en letra pequeña se informaba que el peso era de 43 gramos de plátano verde más una bolsa de salsa de 8 gramos”. (Anónimo, 2013)
La investigación fue realizada con “base en una muestra de 125 paquetes en un lote de 15.996 unidades en los que comprobó que se estaba entregando una cantidad de producto inferior a la ofrecida”. (Anónimo, 2013)
Es necesario saber que cada vez que estamos adquiriendo un artículo como este, ya no es necesario fijarnos en las letras pequeñas, debido a que hoy en día las empresas de productos comestibles muestran el engaño por medio de letras o números resaltados, siendo indispensable comparar la información con la tabla nutricional que este debe tener.
Se conoce que la multa de pepsico (natuchips) no sólo debe incentivar a las empresas privadas de abstenerse realizar este tipo de conductas, sino también, debe servir para que quienes conozcan de hechos similares los denuncien ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Así mismo es fundamental conocer que al consumir un artículo y, si este salió defectuoso o con las características equivocadas, es un derecho fundamental saber que “Se prohíbe la publicidad que engañe al consumidor y establece que toda información, contenida ya sea en marcas, productos y propagandas de bienes y servicios debe ser veraz y realista al servicio que ofrezca”. (Decreto N°3466,1982)
Es importante tener en cuenta que, ya no se considera al consumidor únicamente como un comprador y usuario de bienes de servicios para el uso personal, familiar o colectivo, sino como a una persona interesada tanto en productos comestibles, interesada en los diferentes aspectos sociales de la vida del consumidor, que pueden afectarle directamente o indirectamente.( Casona, 2008)
Desde el punto de vista del consumidor no podemos pasar por alto el hecho de la publicidad engañosa y la falta de información de los productos que parece ser relevante, pero es realmente importante, ya que se genera un irrespeto por parte de la empresa. No solo están jugando con sus clientes, sino que nos están revelando la carencia de la ética profesional de la organización, lo que nos llevaría a concluir que en Colombia la falta de seriedad, se manifiesta hasta en las “grandes” empresas, que buscan su beneficio propio, y no un beneficio colectivo, ya sea tanto para la compañía como para el distribuidor o comprador.
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