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Enviado por   •  21 de Octubre de 2014  •  254 Palabras (2 Páginas)  •  1.932 Visitas

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En una letra de cambio, María Benítez, firmó como fiadora, por un préstamo de $15.000.000, la deudora principal que es su compañera de trabajo Juanita Rodríguez, no ha cancelado la obligación.

Son demandadas y embargan los bienes de María, que incluye su apartamento; la fiadora quiere saber qué puede hacer teniendo en cuenta que Juanita tiene un vehículo avaluado en $20.000.000, y devenga un salario de $3.000.000 mensuales.

El fiador quien es María Benítez es garante de la deuda que adquirió Juanita Rodríguez, se observa que la deudora principal no canceló la deuda a tiempo, y por esto los acreedores deciden embargar los bienes dentro de ellos el apartamento de María Benítez. Según el artículo 2383 del código civil, la gran ventaja que tiene María como FIADORA , es que ella puede exigir al acreedor que antes que le exijan a ella pagar la deuda persigan primero los bienes del DEUDOR PRINCIPAL, en este caso los bienes de de Juanita, como bienes muebles e inmuebles. Si el acreedor no logra conseguir el pago de Juanita por insolvencia o bancarrota a partir de ese momento si puede exigir el pago al FIADOR.

Por otro lado el FIADOR solo puede ser reportado en las centrales de riesgo DATACREDITO o CIFIN después de que se realice el procedimiento para hacer pagar al DEUDOR, es decir que se le haya hecho la persecución a los bienes y que este no cancele la deuda, si el FIADOR no cancela ese es el momento ideal para reportarlo negativamente.

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