Consultante
Enviado por joeramirez978 • 17 de Junio de 2015 • 880 Palabras (4 Páginas) • 193 Visitas
Distinguido Consultante
En el caso concreto como cualquier establecimiento mercantil, requiere principalmente, tramitar un certificado de zonificación de uso del suelo para determinar si en el inmueble que usted pretende establecer su salón de fiestas infantiles, está permitido ese uso del suelo.
Una vez determinado el uso de suelo debe determinar los cajones de estacionamiento, mínimo requiere de 1 cajón por cada 40m2
Cabe aclara que los salones de fiestas requieren de licencia de funcionamiento, pero los salones de fiestas infantiles están exentos de tramitar licencia de funcionamiento, solo deben tramitar aviso de apertura, programa interno de protección civil, Visto Bueno de Seguridad Y Operación
En si no hay una normatividad en cuanto a la infraestructura, y lo único que existe es la Norma Oficial Mexicana NOM-111-SCFI-1995, Prácticas comerciales-Elementos informativos y requisitos para la contratación de servicios para eventos sociales.
Yo le sugiero las siguientes:
I. SUPERFICIE CONSTRUIDA: Podrá constar de planta baja y un máximo de dos niveles, siendo el mínimo de superficie por niño 2.00 m2.
II. SALON Y ANEXOS: en condiciones óptimas de mantenimiento y con características que permitan el adecuado esparcimiento, de acuerdo a las siguientes precisiones:
III. PUERTAS: Las de acceso, intercomunicación y salida deberán tener una altura mínima de 2.10 m y un ancho de acuerdo a las siguientes medidas:
a) Acceso principal 2.00 m (mínimo)
b) puertas interiores 1.60 m
c) Salida de emergencia 2.00 m (mínimo)
IV. CORREDORES Y PASILLOS: Los corredores comunes deberán tener como mínimo un ancho de 1.60 m y 2.30 m de altura. Si el número de usuarios del corredor es superior a 160, se incrementará su anchura 0.60 m. por cada 100 usuarios más.
Las circulaciones exteriores comprenderán el 17% del área descubierta.
V. ESCALERAS: Deberán cubrir las siguientes medidas y características:
a) 1.20 mde ancho cuando den servicio a una población de hasta 160 niños en primer piso, aumentando en 0.60 m por cada 75 niños o fracción, pero nunca mayor de 2.40 m.
b) La huella antiderrapante será de 25 cm mínimo y el peralte de 10 a 18 cm máximo.
c) La altura mínima de los barandales, cuando sean necesarios, será de 90 cm, medida a partir de la nariz del escalón. Los barandales que sean calados deberán ser de elementos verticales con separación máxima de 10 cm y con pasamanos.
VI. ILUMINACION: Esta deberá ser natural, por lo menos en la quinta parte de la superficie del salón.
El mínimo de la iluminación artificial será de 300 luxes.
VII.VENTILACION: tendrán ventilación natural por medio de ventanas.
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