Demanda De Pensión Alimenticia
Enviado por 651812 • 29 de Julio de 2013 • 32.220 Palabras (129 Páginas) • 707 Visitas
C. JUEZ DE LO FAMILIAR.
P R E S E N T E:
C. BLANCA ESTHELA ROJAS ACOSTA, mexicana, mayor de edad, divorciada, originaria y vecina de esta Ciudad, con domicilio bien conocido en calle 4 de Octubre número dieciocho (18), de la Colonia Francisco Goytia, dedicada “Secretaria”, con grado de estudios, Secundaria terminada, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Que por medio del presente escrito me permito Demandar en la Vía Oral, JUICIO DE ALIMENTOS DEFINITIVOS a favor de mi representado legal e hijo, CARLOS ANDRES RAMOS ROJAS, en contra del C. JUAN CARLOS RAMOS LÓPEZ y quien tiene su domicilio bien conocido en, calle Revolución de Ayutla número seis (6) del Fraccionamiento González Ortega, de esta Ciudad, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 256, 265, 266, 273 fracción II y demás relativos del Código Familiar y Artículo 500 fracción I del Código de Procedimientos Civiles ambos vigentes en el Estado.
Para el efecto de emplazamiento a Juicio solicito se realice en la Institución Educativa Privada “Colegio Sor Juana Inés de la Cruz”, ubicado en calle 21 de Marzo número doscientos doce (212), de esta Ciudad, para que en su oportunidad se informe a mi Demandado que le reclamo las siguientes:
P R E S T A C I O N E S:
a).- El pago de una Pensión Alimenticia a favor de nuestro menor hijo, CARLOS ANDRES RAMOS ROJAS, equivalente a un 45% (CUARENTA Y CINCO POR CIENTO), QUINCINALES, de todas y cada una de percepciones.
b).- El pago de gastos y costas que se generen con motivo de la tramitación de la presente Demanda.
Para una mayor claridad del presente ocurso me permito detallarlo al tenor de los siguientes puntos de hechos y preceptos de derecho:
H E C H O S:
PRIMERO.- La suscrita y mi hoy Demandado, el C. JUAN CARLOS RAMOS LÓPEZ procreamos un hijo, y el cual lleva por nombre CARLOS ANDRES RAMOS ROJAS, quien nació en fecha veinticuatro (24) de Enero del año dos mil once (2011), en esta Ciudad, según lo acredito con la respectiva Acta de Nacimiento, expedida por el Oficial del Registro Civil de esta Ciudad, y con la cual queda acreditado el entroncamiento del Deudor Alimentista con el menor en mención.
SEGUNDO.- Tal es el caso que mi hoy Demandado, desde la fecha que nació nuestro menor hijo, CARLOS ANDRES RAMOS ROJAS y hasta el presente momento, NO ha proporcionado cantidad ($) suficiente para los Alimentos de nuestro menor hijo, por lo que, en todo momento he tenido que sufragar los gastos alimenticios mediante la ayuda económica solicitada a mis familiares, NO cumpliendo mi Demandado con las obligaciones a que se refieren los artículos 265 y 269 del Código Familiar vigente en el Estado.
TERCERO.- Cabe indicar a su Señoría que mi Demandado es Maestro Docente en las Instituciones Educativas “Escuela Primaria Estatal Francisco Goytia, Turno Vespertino” y “Colegio Sor Juana Inés de la Cruz” ubicadas respectivamente en; calle Camilo Torres número trescientos trece (313), de la Colonia Emiliano Zapata y calle 21 de Marzo número doscientos doce (212), Colonia Centro, ambos de esta Ciudad.
D E D E R E C H O:
Fundamento Legal lo dispuesto por los artículos 256, 265, 266, 269, 273 fracción II y demás relativos del Código Familiar vigente en el Estado.
Rigen el Procedimiento lo dispuesto por el Artículo 500 fracción I del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.
En tal virtud y de lo ya expuesto me permito solicitar como medidas urgentes las siguientes:
MEDIDAS PROVISIONALES URGENTES:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 693 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, solicito se autoricen las siguientes providencias cautelares:
A).- Solicito se tenga por determinada Provisionalmente y en su momento Definitiva, la cantidad de un 45% (CUARENTA Y CINCO POR CIENTO) quincenales, de todas y cada una de las percepciones que gana el C. JUAN CARLOS RAMOS LÓPEZ como Maestro Docente, por concepto de Pensión Alimenticia, en razón de que éste goza de una capacidad Económica bastante y suficiente para sufragar dicha cantidad.
B).- Se tenga a bien girar atento Exhorto con los insertos necesarios, al C. Juez de lo Familiar de la Ciudad Capital, solicitando se tenga a bien requerir al encargado de la Oficina de Recursos Humanos de la Secretaria de Educación y Cultura “Estatal” de la Ciudad Capital, y este a su vez, ordene a quien corresponda (Departamento de Pagos) retenga de la nomina del C. JUAN CARLOS RAMOS LÓPEZ el equivalente al 45% (CUARENTA Y CINCO POR CIENTO) de todas y cada una de las percepciones que gana éste, y las haga llegar al Departamento de Pago de Pensiones alimenticias de esta Ciudad.
C).- Se tenga a bien girar atento Oficio, a la Madre Directora de la Institución Educativa Privada (Colegio Sor Juana Inés de la Cruz), solicitando retenga de la nomina del C. JUAN CARLOS RAMOS LÓPEZ el equivalente al 45% (CUARENTA Y CINCO POR CIENTO) quincenales, de todas y cada una de las percepciones que gana éste, y las haga llegar al Departamento de Pago de Pensiones alimenticias de esta Ciudad.
OFRECIMIENTO DE PRUEBAS:
*De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 266 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, me permito relacionar todas y cada una de las siguientes pruebas con todos y cada uno de los puntos de hechos y de Derecho de la Demanda:
1.- DOCUMENTAL PÚBLICA.- Medio probatorio que se hace consistir en la copia certificada por el Oficial de Registro Civil de esta Ciudad de Fresnillo, Zac., del Acta de Nacimiento del menor CARLOS ANDRES RAMOS ROJAS.
2.- DOCUMENTAL PÚBLICA.- Medio de Prueba que se hace consistir en el Exhorto que se gire al C. Juez en turno de lo Familiar de la Ciudad Capital, mediante el cual solicite, se tenga a bien requerir al Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la Secretaria de Educación y Cultura “Estatal” de la Ciudad Capital, con domicilio bien conocido en, Carretera Guadalupe-Zacatecas Kilometro 4, Colonia Dependencias Federales C.P. 98618, Guadalupe, Zac., Tel. 492-923-96-00, informe a ese H. Juzgado a su muy digno cargo SI el C. JUAN CARLOS RAMOS LÓPEZ es trabajador como Maestro Docente del Turno Vespertino de la Escuela Primaria Francisco Goytia, Clave 23EPR0152T, número trescientos trece (313), ubicada en calle Camilo Torres de la Colonia Emiliano Zapata, de esta Ciudad, y de igual forma a cuanto asciende quincenalmente
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