Derecho Comercial Y Laboral
Enviado por ksepulvedar • 3 de Noviembre de 2014 • 489 Palabras (2 Páginas) • 353 Visitas
1.- Explique en no más de 10 líneas, el endoso de la letra de cambio.
R: El endoso es el escrito por el cual el tenedor legítimo transfiere el dominio de la letra, la entrega en cobro o la constituye en prenda. Agrega el inc. 2° que El endoso debe estamparse al dorso de la letra misma o de una hoja de prolongación adherida a ella y finaliza el inc. 3° diciendo que El endoso debe ser firmado por el endosante.
2.- Señale los tipos de protestos de la letra de cambio
R:
• El protesto por falta de aceptación deja establecido que no se cumplió con la promesa de aceptación que el librador hizo al girar la letra respecto del beneficiario y de los portadores sucesivos del título. El portador necesita dejar constancia fehaciente de este hecho para hacer efectiva la responsabilidad del librador y endosante del documento (Art. 10, primera parte, Ley N° 18.092).
• El protesto por falta de fecha de aceptación, que es típico de la letra girada a la vista, tiene lugar cuando el librado no cumple con su deber de fechar la aceptación (Art. 36, inc. 1°) y, por el contrario, la rehúsa. En esas circunstancias, el portador debe protestar la letra por falta de fecha de aceptación, para conservar sus derechos contra los endosantes y el librador (Art. 36, inc. final, primera parte). Como señala la segunda parte de este inciso final del Art. 36, “El término para pagar la letra girada a un plazo contadero desde la vista correrá, en este caso, a partir del día del protesto”.
• El protesto por falta de pago, hecho en tiempo y forma, origina las acciones cambiarias del portador en contra del librador, endosante y los avalistas de ambos. La omisión del protesto, o su realización fuera de plazo, hace caducar dichas acciones cambiarias (Art. 79, inc. 2°, primera parte, Ley 18.092).
3.- Señale y explique las etapas del protesto notarial por falta de pago
R: El protesto Notarial consta de tres etapas:
• Citación o aviso: en los protestos por falta de pago el aviso se entrega, por un funcionario de la notaria, en el primer o segundo día hábil siguiente al vencimiento de la letra. Por Ejemplo: si una letra vence el día lunes 1, el aviso se entregará el día martes 2 o el miércoles 3. El día sábado, para estos efectos, no se considerará día hábil.
• El requerimiento: el requerimiento se practicará en el día hábil que siga al de la entrega del aviso. Por ejemplo: si el aviso se ha practicado el día martes 2, el requerimiento se hará el día miércoles 3; y si el aviso se entregó el día miércoles 3, el requerimiento se practicará el jueves 4.
• El acta: la ley efectúa una larga enumeración de las menciones que debe contener el protesto, el cual debe estamparse-dicho sea de paso- en el dorso de la letra, o en una hoja de prolongación de la misma.
...