INCIDENTE OCURRIDO EN EL LOCAL DEL MC-MAGISTERIO
Enviado por • 22 de Abril de 2014 • 544 Palabras (3 Páginas) • 285 Visitas
Sr. Jimmy ESPINOZA ANDIA
Director Gerente ATLANTIC SECURITY.
C/C : Sra. Flora Quispe Diaz
Administradora ATLANTIC SECURITY.
DE : Juan Fidel Solis Jordan
Asistente de Operaciones ATLANTIC SECURITY.
ASUNTO : INCIDENTE OCURRIDO EN EL LOCAL DEL MC-MAGISTERIO. .
FECHA : Cusco, 09 de Agosto del 2013.
Mediante el presente me dirijo a Ud. para informarle lo siguiente:
1.- Se recepciono el documento (CARTA N° 010-2013-DDC-UEMC-C) de fecha 06 de Agosto del 2013, referente al incidente ocurrido en las instalaciones del MC local Magisterio, hecho ocurrido el día 03 de Agosto del 2013 a horas 23:15pm.
2.- De acuerdo al informe recepcionado por el Supervisor NOCTURNO Sr. Marco Pillco Huacac, manifiesta que el día de los hechos luego de haber realizado la supervisión y monitoreo en todas las unidades en donde presta servicio la Empresa ATLANTIC SECURITY S.R.L., recepciono la llama de la unidad del MC local Magisterio, donde le informaron que en dicha unidad se produjo un incidente con la pareja del AVP. ALMONTE MAYO Jorge, quien se encontraba de servicio.
3.- Al llegar al lugar de los hechos (MC-Local MAGISTERIO) se encontró con el SOT3 PNP Mario QUISPE COLQUE, quien le informa de que el AVP. Jorge ALMONTE MAYO y su ESPOSA Sra. Nery QUISPE AYMA protagonizaron un bochornoso incidente debido a la incompatibilidad de caracteres y CELOS por parte de su ESPÓSA.
4.- El SOT3 PNP QUISPE COLQUE Mario y su compañero procedieron a conducirlos a la dependencia Policial a las dos personas para que puedan rendir su manifestación sobre los hechos de cómo se produjo el incidente en la unidad ya mencionada párrafos arriba., el Supervisor Sr. PILLCO CAPARO Marco de inmediato comunicando de lo sucedido a las instancias Superiores de la Empresa Gerencia General, Administración y Operaciones, poniendo su reemplazando de inmediato en la unidad con el personal RETEN que se encontraba de servicio AVP QUISPE MAYO Lizardo, siendo testigos los dos efectivos Policiales que intervinieron.
5.- En uno de los puntos que hace referencia la carta manifiesta de que de acuerdo a lo informado el personal que protagonizo los hechos se encontraba en estado de EBRIEDAD al interior de su unidad, siendo este MENTIRA toda vez de que la única manera de poder comprobar de que el AVP infractor se encontraba en dicho estado (EBRIEDAD) los efectivos Policiales debieron hacerle pasar la respectiva prueba de DOSAGE ETILICO.
6.- La Gerencia General y la Administración de la Empresa al tomar conocimiento de lo ocurrido llamo a reunión de comité donde se determinó de que el AVP infracto sea RETIRADO DEFINITIVAMENTE del Cliente MINISTERIO DE CULTURA y de la Empresa. Toda vez de que este
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