LA TRATA DE PERSONAS EN EL PERU
Enviado por JUANITOLOPEZ • 3 de Julio de 2011 • 1.334 Palabras (6 Páginas) • 4.036 Visitas
1. LA TRATA DE PERSONAS EN EL PERU
La trata de personas es un fenómeno muy antiguo que sólo desde las últimas dos décadas ha veni¬do saliendo a la luz pública. En otras palabras, estamos frente a un problema viejo con un nombre nuevo.
Durante la época colonial mujeres y niñas, particularmente africanas e indígenas, eran desarraigadas de sus lugares de origen y comercializadas como mano de obra, servidumbre y/o como objetos sexuales. Pero la trata como problema social comenzó a reconocerse a fines del siglo XIX e inicios del XX, a través de lo que se denominó trata de blancas, concepto que se utilizaba para hacer referencia a la movilidad y comercio de mujeres blancas, europeas y americanas, para servir como prostitutas o concubinas, generalmente en países árabes, africanos o asiáticos.
En América Latina el comercio de seres humanos se inició con la conquista de los españoles, ingleses y portugueses en los siglos XV y XVI, denominándose a tal fenómeno como “trata de blancas”, debido a que inicialmente las víctimas eran de origen europeo, actualmente se le denomina Trata de Personas, porque involucra a diferentes culturas y razas, así como personas de ambos sexos, adultos y niños.
La Trata de Personas es un fenómeno criminal que se desarrolla en todo el mundo. Personas inescrupulosas forman Organizaciones Criminales dedicadas a la Trata de Personas, utilizando para ello a los encargados de captar a las víctimas o reclutadores, intermediarios, falsificadores, transportistas, proxenetas, dueños de clubes nocturnos, narcotraficantes, etc.
La trata de personas vulnera los derechos fundamentales del ser humano. Actualmente el Perú es considerado como lugar de origen, tránsito y destino de la trata internacional y donde predomina la trata interna con fines de explotación sexual y laboral en actividades como la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, la minería, la tala de madera, la agricultura o el trabajo doméstico, entre otras formas.
El fenómeno delincuencial de la Trata de Personas viene de la mano con los delitos como el lavado de activos, el narcotráfico, la falsificación de documentos al favorecer al crimen organizado, etc. Así también ataca al Estado de Derecho, a la dignidad de las personas.
En el Perú el Sistema de Registro y Estadística de los Delitos de Trata de Personas (RETA-PNP) entre el 2004 a Mayo del 2011 reporta 407 casos con 1054 víctimas de las cuales el 93% son del sexo femenino.
El Estado Peruano, como parte del Protocolo de Palermo suscrito para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños así como el tráfico de migrantes, viene abordando políticas que permitan erradicar la Trata de Personas, castigar a los tratantes y a reducir los factores de vulnerabilidad. Como la implementación normativa como la Ley 28950, “Ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, Código Penal Art. 153 Tipificación del Delito de Trata de Personas y en el Nuevo Código Procesal Penal Art. 341: Técnicas Especiales (Agente Encubierto, Intervención y control de comunicaciones y documentos privados, Vídeo vigilancia; medidas limitativas de derecho y procesos especiales, así como en la asistencia y protección de la víctima, entre otros.
DEFINICION DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS
Definición Internacional : Protocolo de Palermo
Por "trata de personas" se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.
El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación intencional descrita en el primer párrafo no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido
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