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La norma oficial Mexicana NOM-012-SSA3-2012


Enviado por   •  13 de Octubre de 2014  •  Síntesis  •  387 Palabras (2 Páginas)  •  2.119 Visitas

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La norma oficial Mexicana NOM-012-SSA3-2012, que establece los criterios para la ejecución de proyectos de investigación para la salud en humanos, contiene criterios normativos de carácter administrativo, ético y metodológico en materia de investigación para la salud, que son de observancia obligatoria para solicitar la autorización de proyectos o protocolos con fines de investigación, para el empleo en seres humanos de medicamentos o materiales, que aún no se tenga evidencia científica suficiente de su eficacia terapéutica o rehabilitadora, así como para la ejecución y seguimiento de dichos proyectos.

médica de los sectores público, social y privado, incluidos los consultorios.

Los prestadores de servicios de atención médica de los establecimientos de carácter público, social y privado, estarán obligados a integrar y conservar el expediente clínico los establecimientos serán solidariamente responsables respecto del cumplimiento de esta obligación, por parte del personal que preste sus servicios en los mismos, independientemente de la forma en que fuere contratado dicho personal.

Todo expediente clínico, deberá tener los siguientes datos generales: Tipo, nombre y domicilio del establecimiento y en su caso, nombre de la institución a la que pertenece; nombre, sexo, edad y domicilio del paciente; y

El médico, así como otros profesionales o personal técnico que intervengan en la atención del paciente, tendrán la obligación de cumplir las disposiciones, en forma ética y profesional.

Los expedientes clínicos son propiedad de la institución o del prestador de servicios médicos que los genera, cuando éste, no dependa de una institución. Sin embargo el paciente en tanto aportante de la información y beneficiario de la atención médica, tiene derechos de titularidad sobre la información para la protección de su salud, así como para la protección de la confidencialidad de sus datos. El expediente deberá ser conservado por un periodo mínimo de 5 años, contados a partir de la fecha del último acto médico.

La norma oficial Mexicana NOM-012-SSA3-2012, que establece los criterios para la ejecución de proyectos de investigación para la salud en humanos, contiene criterios normativos de carácter administrativo, ético y metodológico en materia de investigación para la salud, que son de observancia obligatoria para solicitar la autorización de proyectos o protocolos con fines de investigación, para el empleo en seres humanos de medicamentos o materiales, que aún no se tenga evidencia científica suficiente de su eficacia terapéutica o rehabilitadora, así como para la ejecución y seguimiento de dichos proyectos.

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