MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Enviado por patoflotante • 11 de Octubre de 2017 • Documentos de Investigación • 745 Palabras (3 Páginas) • 232 Visitas
MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
En la reforma de 2008 a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se incluyeron tres posturas: un sistema acusatorio; un sistema garantista; y un sistema de excepción, que se denomina derecho penal del enemigo.
Para aprender el nuevo sistema, tenemos que olvidar lo viejo, ya que tiene nueva reglas. Conocimientos, técnicas de discusión, habilidades para preguntar, objetar, comunicar.
Sistema inquisitivo, era el que se preveía en la Carta Magna, antes de la reforma.
En la inquisición se caracterizaba por tener: interrogatorio-suplicio-juicio.
Filósofos:
-John Locke: Territorio; población; gobierno; y sistema jurídico.
-Montesqueu; La teoría de los frenos (pesos) y contrapesos. División de poderes: administrara el estado; controlara las leyes; e impartiera justicia.
-Jacabo Rousseu: El contrato social. El hombre nace libre por naturaleza, pero ceden parte de su soberanía a favor de una institución (Estado), celebrando un pacto social. Gobierno democrático, a través de grupos políticos.
-Voltaire: Conoce el pensamiento de los anteriores y materializa sus ideas.
Pretensión: manifestación unilateral de derechos subjetivos. Según el diccionario es: Figura eminentemente procesal, que consiste en realizar una manifestación de voluntad ante el ente jurisdiccional, para hacer valer un derecho o pedir el cumplimiento de una obligación. Principalmente un acto jurídico que da lugar a la iniciación del proceso, pues esta manifestación se ve plasmada en la demanda del actor o demandante, quien en ejerciendo una acción legal pretende que el Juez le reconozca un derecho y se provea hacia el reo o demandado de manera coercitiva.
En el sistema inquisitivo el acusado tenía abogado solamente hasta el juicio.
Sistema acusatorio.
Luigui Ferrajoli.- Libro: Derecho y razón. Dice que un derecho garantista es aquel que va a garantizar la maximización de los derechos fundamentales a favor de la sociedad.
El derecho penal del enemigo es una postura filosófica, creada por Jacobs.
Libro la prueba de los hechos, Michael Taruffo.
Se vuelve testigo hostil para la parte contraria, porque va en contra de su teoría del caso.
La constitución prevé ocho herramientas de derecho como medios de control de la constitucionalidad:
1.- Jurisdiccional: competencia, territorio, materia, cuantía, turno, grado
2.- Juicio de amparo
Derechos humanos: conjunto de derechos con los que nace el ser humano. Todo lo indispensable para la dignidad del ser humano. La diferencia entre derechos humanos y derechos fundamentales es que éstos están englobados en la carta magna y en los tratados internacionales.
Las garantías son herramientas para hacer valer los derechos humanos y los derechos fundamentales:
Jurisdiccionales: Juicio de amparo (103 y 107); acciones de inconstitucionalidad (105, fracción I); controversias constitucionales (105, fracción II); juicio de protección para el reconocimiento de derechos político-electorales (derecho a votar y ser votado); juicio de revisión constitucional para la protección de derechos político-electorales.
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