Psicologo Social
Enviado por santi_87_2007 • 8 de Julio de 2012 • 348 Palabras (2 Páginas) • 497 Visitas
Ley 12.154
El Senado y Cámara de Diputados de la
Provincia de Buenos Aires,
sancionan con fuerza de
Ley
TITULO l
PRINCIPIOS Y BASES FUNDAMENTALES
(Texto actualizado con las modificaciones introducidas por las Leyes 12.987 y 13.210)
ARTICULO 1º - La presente Ley establece las bases jurídicas e institucionales
fundamentales del sistema provincial de seguridad pública en lo referente a su
composición, misiones, funciones, organización, dirección, y funcionamiento; así como
las bases jurídicas e institucionales para la formulación, gestión y control de las
políticas y directivas de seguridad pública en el ámbito provincial.
ARTICULO 2º - La seguridad pública es materia de competencia exclusiva del Estado
y su mantenimiento le corresponde al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. La
seguridad pública importa para los ciudadanos, el goce y ejercicio de sus derechos,
libertades y garantías constitucionales.
ARTICULO 3º - A los fines de la presente Ley, la seguridad pública implica la acción
coordinada y la interacción permanente del pueblo de la Provincia de Buenos Aires y
de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal, particularmente
referida a las Policías de la Provincia, a la seguridad privada y a la participación
comunitaria.
TITULO II
SISTEMA PROVINCIAL DE SEGURIDAD PUBLICA
ARTICULO 4º - El sistema de seguridad pública tiene como finalidad la formulación,
gestión, implementación y control de las políticas de seguridad pública desarrolladas
en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, particularmente referidas a las Policías
de la Provincia.
ARTICULO 5º - El sistema de seguridad pública está integrado por los siguientes
componentes:
a) El Gobernador de la Provincia.
b) El Poder Legislativo de la Provincia.
c) (Observado por Decreto de Promulgación 2.797/98) El Poder Judicial de la
Provincia
d) El Sistema Penitenciario Bonaerense.
e) El Sistema de Instituciones de Menores.
f) El Patronato de Liberados.
g) El Sistema de Defensa Civil.
h) Las Policías Departamentales de Seguridad.
i) La Policía de Investigaciones Judiciales.
j) La Policía de Seguridad Vial.
k) Los Foros Departamentales de Seguridad.
l) Los Foros Municipales de Seguridad.
m) Los Foros Vecinales de Seguridad
n) Los Defensores Municipales de la Seguridad.
Inciso nuevo: (Incorporado por Ley 13.210) El intendente y la Policía Comunal de
Seguridad.
ARTICULO 6º - El Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de Jefe
de la Administración de la Provincia, tiene a su cargo la implementación
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