Relacion Entre Estado Y Derecho
Enviado por juanjose8306 • 21 de Febrero de 2014 • 952 Palabras (4 Páginas) • 537 Visitas
RELACION ENTRE DERECHO Y ESTADO
INDICE:
CONCEPTO DE ESTADO.
LOS ELEMENTOS DEL ESTADO.
EL TERRITORIO.
LA POBLACION EL PODER.
LA SOBERANIA.
CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN PROPIA AUTONOMA.
INDIVISIBILIDAD DEL PODER POLITICO.
CONCEPTO DE ESTADO
EL ESTADO: SE DEFINE COMO LA
ORGANIZACIÓN JURIDICA DE UNA SOCIEDAD BAJO UN PODER DE DOMINACION QUE SE EJERCE EN DETERMINADO TERRITORIO.
LOS ELEMENTOS DEL ESTADO
TRES ELEMENTOS QUE CONFORMAN LA ORGANIZACIÓN ESTATAL, EL TERRITORIO, LA POBLACION Y EL PODER. EL TERRITORIO Y LA POBLACION SE CONSTITUYEN POR EL AMBITO PERSONAL Y EL AMBITO ESPCIAL DE VALIDEZ DEL ORDEN JURIDICO, Y SON ELEMENTOS MATERIALES DEL ESTADO. EN CAMBIO EL PODER POLITICO SE COMPONE DE NORMAS Y ACTOS NORMATIVAMENTE REGULADOS, Y LA ORDENACION JURIDICA BAJO UN PODER DE MANDO ES ELEMENTO FORMAL.
EL TERRITORIO
SE DEFINE COMO LA PORCION DEL ESPACIO EN QUE EL ESTADO EJERCITA SU PODER.
Y SOLO SE EJERCITA CON NORMAS CREADAS O RECONOCIADAS POR
EL PROPIO ESTADO Y ES PRECISAMENTE EL AMBITO ESPACIAL DE VALIDEZ DE DICHAS NORMAS Y ES EL TERRITORIO EN SENTIDO POLITICO.
SEGÚN JELLINEK DEFINE AL TERRITORIO EN DOS FORMAS DISTINTAS,
DE MANERA NEGATIVA Y ES QUE NINGUN PODER EXTRAÑO PUEDE
EJERCER SU AUTORIDAD EN ESTE AMBITO SIN EL CONSENTIMIENTO
DEL ESTADO. LA POSITIVA ES QUE TODAS LAS PERSONAS QUE VIVEN EN EL MISMO AMBITO SE ENCUENTRAN SUJETAS AL MISMO PODER.
LA POBLACION
SE DEFINE COMO LOS HOMBRES QUE PERTENECEN A UN ESTADO COMPONEN LA POBLACION DE ESTE.
DESDE UN PUNTO DE VISTA JURIDICO SE LE CONSIDERA COMO OBJETO (SUBDITOS) O COMO SUJETO (CIUDADANOS QUE CONFORMAN LA
VOLUNTAD ESTATAL).
EL CONJUNTO DE DERECHOS DE QUE EL INDIVIDUO PUEDE HACER VALER FRENTE AL ESTADO, QUE EN LA TERMINOLOGIA JURIDICA SE LE CONOCE COMO STATUS PERSONAL, DERECHO A LA LIBERTAD, DERECHO DE PETICION, Y DERECHOS POLITICOS.
EL PODER
ES LA VOLUNTAD QUE SE DIRIGE HACIA A LA SOCIEDAD Y ESTA VOLUNTAD CONSTITUYE EL PODER DEL GRUPO.
EL PODER A VECES ES DE TIPO COACTIVO (CARÁCTER PARA OBLIGAR A LAS PERSONAS), Y OTRAS CARECE DE ESTE CARÁCTER.
EL PODER SIMPLE O NO COACTIVO ES CUANDO TIENE CAPACIDAD PARA
DICTAR DETERMINADOS MANDATOS A LOS MIEMBROS DEL GRUPO, PERO NO ASEGURA SU CUMPLIMIENTO POR SI MISMO, ES DECIR CON MEDIOS PROPIOS.
EL PODER DE DOMINACION O COACTIVO ES CUANDO LOS MANDATOS
SON IRRESISTIBLES Y TIENEN UNA VALIDEZ ABSOLUTA Y PUEDEN SER IMPUESTOS HASTA DE MANERA VIOLENTA, AUN EN CONTRA DE SU VOLUNTAD.
LA SOBERANIA
SE DEFINE COMO UN ATRIBUTO ESENCIAL EN EL PODER POLITICO Y SE CARACTERIZA EN FORMA POSITIVA O NEGATIVA.
IMPLICA LA NEGACION DE CUALQUIER PODER SUPERIOR AL ESTADO Y ES POR ENDE ES EL MAS ALTO O SUPREMO E INDEPENDIENTE Y LO DEMUESTRA EN LAS RELACIONES CON OTRAS POTENCIAS.
PARA ALGUNOS JURISTAS LA SOBERANIA CUENTA CON OTRO ATRIBUTO Y ES ILIMITADO O ILIMITABLE.
PERO EN LA ACTUALIDAD ESTE CONCEPTO NO ES APROBADO DEBIDO A QUE
CONSIDERANDO AL PODER SOBERANO COMO EL MAS ALTO Y AUN
...