Repuestas Educativas Andaluzas
Enviado por Ltorvalds • 22 de Noviembre de 2014 • 254 Palabras (2 Páginas) • 179 Visitas
El Decreto 117/1985, de 5 de junio, por el que se crea la Medalla de Andalucía, regula el procedimiento
que debe instruirse para otorgar este título honorífico que reconoce los méritos, acciones y servicios excepcionales
o extraordinarios realizados por determinadas personas o entidades en beneficio de la sociedad. Asimismo,
en su artículo 11, determina que la Medalla de Andalucía podrá ser revocada cuando la persona a la que se
le concedió haya sido condenada por algún hecho delictivo, debiendo seguirse para la revocación la misma
tramitación y cumplir con los mismos requisitos exigidos para la concesión.
Mediante el Decreto 68/2002, de 19 de febrero (BOJA núm. 29, de 9 de marzo de 2002), se concedió
a doña María Isabel Pantoja Martín la Medalla de Andalucía, con todos los honores que acompañan a tal
reconocimiento. No obstante, en el caso de doña María Isabel Pantoja Martín, concurre una de las causas
previstas en el citado Decreto 117/1985 que pueden llevar a su revocación, cual es la condena por un hecho
delictivo.
Se ha instruido el preceptivo expediente en el que ha quedado constancia de la firmeza de la Sentencia
núm. 179/2013, de 16 de abril de 2013, de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga, ratificada
en casación mediante Sentencia del Tribunal Supremo núm. 487/2014, de 9 de junio de 2014, que condena a
doña María Isabel Pantoja Martín, como autora de un delito de blanqueo de capitales, a las penas de veinticuatro
meses de prisión y multa de 1.147.148,96 euros, por lo tanto se cumplen los requisitos exigidos por la norma de
referencia para proceder a la rev
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