Trabajo ACCION POPULAR Y SU INTRODUCCION
Enviado por Schelien VC • 29 de Octubre de 2017 • Monografía • 1.576 Palabras (7 Páginas) • 390 Visitas
LA [pic 1]
ACCION POPULAR
INTRODUCCION
Este trabajo de investigación está referido al tema: Acción Popular, lo cual se encuentra regulado en el Título VII del Código Procesal Constitucional, asimismo la Acción Popular está contenido en el Art. 200° Inciso 5 de la CONSTITUCIÓN Política de 1993, la cual procede contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones de carácter general cualquiera sea la autoridad de la que emanan, siempre que infrinjan la Constitución o la Ley o cuando no hayan sido expedidos o publicados en la forma prescrita por la constitución o la ley, según sea el caso.
Este trabajo está estructurado de manera que sea fácil de extender ya que el objetivo primordial consiste en orientar de buena fuente a los estudiantes y su público en general acerca de la utilidad de esta herramienta, empezando por quien está legitimado para la integración de la demanda, así como los requisitos de ésta; y de esta manera ayudar a quienes lo necesiten por haber sido víctimas de excesos reglamentarios por parte del Poder Ejecutivo.
ETIMOLOGIA
Etimológicamente el vocablo Acción Popular proviene del latín activo – ónis que significa “ejecución de una potencia, efecto de hacer”
DEFINICION
Acción Popular es un mecanismo de control de la constitucionalidad y legalidad de la normatividad subsidiaria del ordenamiento jurídico peruano.
En ese sentido el profesor Jorge Danós Ordoñez señala que “la Acción Popular se configura como un instrumento procesal constitucional capaz de movilizar a la jurisdicción ordinaria, para que se pronuncie acerca de la legitimidad constitucional y o legal de las normas de rango inferior a la ley”
Se trata de un medio procesal análogo y complementario de la Acción de la Inconstitucionalidad.
Por otro lado, la Acción Popular procede contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones de carácter general, cualquiera que sea la autoridad de la que emane, siempre que infrinja la constitución o la ley, o cuando no haya sido expedidas o publicadas en la forma prescrita por la constitución o la ley.
ANTECEDENTES HISTORICOS
La Acción Popular entendida como una acción pública, tiene sus orígenes en el Derecho Romano
En ese sentido, el Digesto autorizaba a quisque di populo, osea cualquiera del pueblo, a ejercitar acciones de carácter penal en asuntos de interés de la comunidad.
Al respecto, el jurisconsulto lo definía como “aquella que protege el propio derecho del pueblo”.
En lo relativo a la acción popular propiamente como acción de inconstitucionalidad o ilegalidad debe señalarse que se trata de una institución de origen típicamente latinoamericana, establecida en Venezuela (Constitución 1858) y Colombia (Reforma Const. 1901),durante la segunda mitad del siglo pasado e inciso del presente siglo.
Se trata de una institución que se caracteriza por ser una facultad o poder jurídico otorgado a la ciudadanía in genere, a efectos de formular ante el Poder Judicial la defensa de intereses generales consagrados en la Constitución y la Ley, violados a través de una legislación subsidiaria.
Su inserción en el ordenamiento jurídico peruano se estableció en el artículo 133 de la Constitución de 1933.
Dicho precepto textualmente señalaba:
“Hay Acción Popular contra los reglamentos y contra las resoluciones y decretos gubernamentales de carácter general que infringen la Constitución o las leyes sin perjuicio de la responsabilidad política de los Ministros. La Ley establecía el procedimiento judicial correspondiente”.
Dicha inserción en el citado texto constitucional, constituyó el primer gran atisbo de un sistema de justicia constitucional, en nuestro ordenamiento jurídico.
NATURALEZA JURIDICA
HANZ KELSEN además de ser el padre del control de constitucionalidad, por su aporte en la creación del Tribunal Constitucional en la Constitución austriaca de 1920, también se refirió a la acción de inconstitucional con legitimación popular, en los siguientes términos.
Esta legitimación popular conocida en la doctrina germana popular lage, fue tenida en cuenta por KELSEN, quien vino a reconocer, ya a la altura de 1928, su superioridad teórica, al señalar que: “ciertamente la mayor garantía sería la de establecer un acto popularis; el tribunal debería examinar la regularidad de los actos sujetos a su jurisdicción, en particular las leyes y reglamentos ante la demanda de cualquiera. De este modo el interés político en la eliminación de los actos irregulares vendería sin duda satisfecho del modo más pleno”.
CARACTERISTICAS BASICAS
El instituto de Acción Popular presenta las siguientes cuatro características
- Mecanismo de control constitucional a priori o a posteriori, cuando se ejerce contra aquellos proyectos normativos en vía de publicación o contra los que sin haber sido publicados, vienen siendo aplicados en la justicia.
- Poder jurídico de carácter público ajeno a la comprobación de la existencia de un interés material o moral. El ejercicio de la Acción Popular permite el acceso a la justicia de cualquier ciudadano que sin necesidad de acreditar interés directo y personal sobre la materia justiciable de acreditar interés directo y personal sobre la materia justiciable, encuentra necesario contribuir con su participación procesal, en la defensa del orden jurídico. El ciudadano ejecutante de la acción en realidad expone una preocupación en torno a un interés público o general.
- Acción justiciable y principal ante el Poder Judicial. Acción Popular es ejercitable en vía de acción y de manera principalísima ante el Poder Judicial, en razón a que este órgano del Estado accede al control de la constitucionalidad y ilegalidad, a través de la demanda interpuesta por cualquier ciudadano. Lo que origina un procedimiento especial efectuando directamente para ventilar la validez de la norma cuestionada.
En ese sentido la diferencia entre Acción de Inconstitucionalidad que se tramita ante el Tribunal Constitucional, Amén de distinguirse del Control de Inaplicabilidad previsto en el Constitución, que se ejerce al interior de un proceso judicial cualquiera, ello se produzca por pedido de alguna de las partes o en forma oficiosa por el Juez.
- Sentencia con efectos generales abstractos. La Acción Popular promueve un resultado judicial común absoluto y pleno.
Así, la referida garantía no tiene por objeto la protección de un derecho particular y especifico, sino cuestiona, in genere, la validez de la norma para la universalidad de los casos ligados con su materia.
...