Trabajo: Reporte de lectura, Rojas amandi
Enviado por Chivo345 • 6 de Septiembre de 2022 • Ensayo • 2.133 Palabras (9 Páginas) • 72 Visitas
Escuela de Estudios Superiores de Atlatlahucan Subsede Totolapan
Asignatura: Filosofía del Derecho.
Docente: Dr. José Luis Del Valle Adame.
Estudiante: Miranda García Alexandro.
Carrera: Lic. En Derecho.
Tercer Semestre “A”.
Trabajo: Reporte de lectura, Rojas amandi.
Fecha de entrega: 05/09/2022
- Capítulo 3 y 4. Rojas Amandi.
- Capítulo 3.
En la antigua roma, el concepto originario de norma tenía dos significados creados: un cordel para medir o una escuadra para construir un ángulo recto.
En el siglo XVII el concepto vulgar de norma adquirió un nuevo significado llego no a no ser solo una unidad de medida, sino también la medida de lo existente. Sin embargo, a partir de este siglo el termino se hizo frecuente.
A principios del siglo XX, la filosofía de los valores, desarrollada por Husserl y Scheler, vinculando las normas con un valor del que proceden y deben tornar con base. Y en la actualidad otros filósofos estudian las bases que justifican y prueban lo que es la norma. En la sociología se entiende un modelo de conducta social de validez general. Las normas privadas son pretensiones y límites de conducta que el sujeto se fija así mismo, sin embargo, las normas sociales son las pretensiones y límites de conducta que el mundo social exige de los individuos.
Se mencionan las tres formas de conducta: la primera es aquellas que se adquieren con el nacimiento, las segundas son aquellas que se adquieren mediante la costumbre o el aprendizaje las terceras son las conscientes o comprendidas.
También nos relata sobre su opinión de la moral diciéndonos que es la forma en la que aparece la represión en el interior del sujeto de forma individual. Gracias al progreso y evolución de población se deben implican mayores exigencias de forma represiva. Pero, para entender esta estructura subjetiva de la norma se necesita ir hacia adelante cada que esta estructura constituye una manifestación subjetiva del aspecto activo de lo social. Aquellas conductas que son necesarias para la interrelación de los sujetos entre si aparecen en la conciencia del individuo como ligadas a un valor. La norma requiere de existencia en los sistemas normativos vinculantes de valor general dentro de la que quede integrada, esto con el fin de obtener un funcionamiento a nivel social llamándole a este proceso institucionalización de la norma dándose solo en su significado interno. Cada hecho social da lugar a un orden y organización determinada, esta se manifiesta como uniformidad de la conducta de los sujetos cuando están frente a una situación típica. Los hechos sociales son aquellos aspectos funcionales que subsisten de los sistemas normativos y como nos plantea el autor cuentas con ciertas características con ellos la actualización de las conductas ya previamente determinadas cuyo contenido se presenta en forma de pretensiones o de obligaciones meramente concretas.
También nos habla de los conceptos de sociedad, está siendo uno de los factores fundamentales para que puedan nacer las normas describiéndonos así esta como un conjunto de hechos sociales que sin interrelacionados e interdependientes produciendo así un orden social, este mismo implica poner en predisposición a los miembros del grupo para que puedan adoptar ciertas actitudes ante los múltiples fenómenos sociales, estos grupos implican forzosamente de un ordenamiento con modelos de conducta normativos llegando al punto de la NORMALIDAD donde nos señala3 presupuestos; la disciplina, la vigilancia y el control, y llama a las situaciones que suceden dentro de la normalidad como situaciones típicas que son las circunstancias externas de uno o más sujetos de los que se debe o en realidad se espera una conducta típica que en ocasiones perjudica el cumplimiento de la situación típica en sí. Aquellos casos que no se ajustan a la efectividad dela norma Rojas Amandi las llama como coeficiente de inefectividad puesto el grado de obligación de las normas se refiere dependiendo el grado entre las magnitudes presentadas. Conforma pasa la evolución en las normas algunas se vuelven difíciles de interpretar volviéndose menos claras llegando al concepto de que son normas implícitas, aquellas que son clara y fáciles en su interpretación son las normas explicitas y en esta puede ser proposiciones normativas o norma en general.
No solo en el libro llegamos a la historia de la norma jurídica como tal, ya que nos comenta que estas normas de tipo jurídico suponen la existencia de una organización especial en donde los órganos tienen la tarea de garantizar su debida elaboración y su correcta aplicación en la sociedad, considerándose como la más desarrollada y efectiva y con esto volviéndosela más propia para el control social, y para el derecho constituye una transgresión a la norma no en virtud de haber sido ejecutado en contra de una proposición normativa, sino porque por medio de un proceso especializado en este caso ya jurisdiccional se corrobora la conducta de la norma transgresiva. La norma jurídica también implica distinguir entre las imposiciones y las ejecuciones y así la ley debe estructuras todas las implicaciones normativas de los órganos que crean y aplican estas en su ámbito jurídico, así como su procedimiento para la creación conociéndose como una Constitución escrita, aunque antes de su existencia las proposiciones normativas eran susceptibles de reconducirlos hechos sociopolíticos de donde provienen. Gracias a esta Constitución escrita el sistema jurídico se ve capaz de funcionar como un bloque lógico de manera sólida y que a su vez condiciona los caracteres lícitos e ilícitos de las conductas de los sujetos ya sean los gobernadores, los gobernados, los nacionales o extranjeros, los hombres y mujeres etc. La concepción de la lógica interna del sistema se da cuando el sujeto está obligado por una proposición normativa a realizar una conducta determinada esto en virtud deque se establezcan los derechos y obligaciones. En el mundo ideal se dan las hipótesis normativas, que dan lugar en el mundo material a la realización de dicha hipótesis, por consiguiente, este paso da lugar a la previsión de las consecuencias de derecho en el mundo ideal y dando así por último como resultado a la realización de las consecuencias del derecho en el mundo material. La concepción de la lógica externa del sistema es cuando esta expuesta la estructura lógica interna de cualquier ordenamiento jurídico donde se analiza la lógica externa, forma y material de todo el sistema jurídico
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