Concepto de Derecho.
Enviado por karenca_19 • 1 de Abril de 2016 • Ensayo • 2.397 Palabras (10 Páginas) • 335 Visitas
[pic 1][pic 2]
[pic 3][pic 4]
INTRODUCCION
En este ensayo se verá un poco de los tres primero capítulos del libro Concepto del Derecho de Herbet L. A. Hart (1907-1992) quien fue uno de los filósofos del derecho más importantes del siglo XX.
Hablaremos sobre cómo no se puede dar en si una definición concreta de la que es una cosa, en este caso el derecho, por ejemplo, la definición que nos dio Kant que el “derecho es el complejo de las condiciones por las cuales el arbitrio de cada uno puede coexistir con el criterio de todos los demás”.
O como es juzgada la “calidad jurídica” en ese tiempo con la clasificación del derecho internacional, que carece de legislatura, los estados no pueden ser llevados ante los tribunales internacionales, y no existe un sistema organizado y efectivo de sanciones. En el derecho primitivo, tiene características parecidas.
También veremos que en las situaciones sociales existen maneras de poder dirigirnos a los demás en forma imperativa, las cuales son el pedido, la súplica y la advertencia y donde se deriva lo que son las órdenes. Después Hart, explica lo que es el mandato con la idea de Austin que dio a explicar en su libro “The Province of Jurisprudence Determined”.
Después de toda la información anterior, nos quedara claro que las normas jurídicas son la expresión del deseo de alguien como lo son las órdenes generales de nuestro modelo. Esto es inaplicable a la costumbre, que ocupa un lugar genuino, aunque modesto, en la mayor parte de los sistemas jurídicos.
Por último, explicaremos que existen objeciones a las normas jurídicas, que se dividen en tres grupos principales:
- Contenido.
- Origen.
- Ambito de aplicación.
CONCEPTO DEL DERECHO
CAPITULO I: PREGUNTAS PERISISTENTES
En esta primera parte se hablara sobre cómo no existe una definición absoluta o concreta para la palabra derecho, por lo que sabemos, tiene muchos significados, por ejemplo:
“Para Ulpiano el Derecho es el arte de lo bueno y lo equitativo. Para Kant, el Derecho es el complejo de las condiciones por las cuales el arbitrio de cada uno puede coexistir con el criterio de todos los demás, según una ley universal de libertad. Para Marx el Derecho es la voluntad de la clase dominante, elevada a la categoría de ley”.[1]
Carlos Santiago Nino, fue un filósofo quien ha realizado un análisis exhaustivo tratando de buscar una correcta definición de la palabra derecho, sin embargo en su búsqueda ha encontrado diversos problemas y establece:
“Algunas de las dificultades para definir el derecho son la adhesión de los juristas y la gente en general sobre la relación entre el lenguaje y la realidad”[2].
Estas y varias definiciones que se dieron a lo largo del tiempo sobre el derecho, hicieron que incrementara su comprensión, sin embargo, desde mi punto de vista consideraría al derecho como un conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta humana mediante un orden normativo e institucional.
En los sistemas jurídicos, el hombre debería de ser capaz de identificar las siguientes características del derecho:
- Reglas que prohíben o hacen obligatorios ciertos tipos de conducta bajo amenaza de aplicar una pena; es decir normas con coercibilidad.
- Reglas que exigen que indemnicemos a quienes hemos dañado de ciertas maneras.
- Reglas que especifican qué es lo que tenemos que hacer para otorgar testamentos y celebrar contratos u otros acuerdos que confieren derechos y crean obligaciones.
- Tribunales que determinan cuáles son las reglas y cuándo han sido transgredidas, y que fijan el castigo a aplicar o la compensación a pagar.
- Una legislatura que hace nuevas reglas y deroga las anteriores.[3]
Hay casos donde se duda sobre la “calidad jurídica” del derecho, por ejemplo en la clasificación se encuentra el derecho internacional, que carece de legislatura, los estados no pueden ser llevados ante los tribunales internacionales, y no existe un sistema organizado y efectivo de sanciones. En el derecho primitivo, tiene características parecidas.
Existen tres problemas recurrentes en el derecho, el primero es que su existencia hace que ciertos tipos de conducta humana no sean optativos sino obligatorios. El segundo es que la conducta puede ser no optativa sino obligatoria. Y el tercer problema, y el más importante es que la reglas, las cuales son órdenes, se ven como amenaza y como obligaciones.
Explicaremos más la parte de las obligaciones, donde sale el término regla obligatoria, donde según Hart es:
“Es la que sostiene que decir que existe una regla sólo significa que un grupo de personas, o la mayor parte de ellas, se comporta "como regla", es decir, generalmente, de una determinada manera similar en ciertos tipos de circunstancias”.[4]
Ahora volvemos con el problema de la definición del derecho, pero antes debemos aclarar lo que es la palabra definición. Según la Real Academia Española, “es una proposición que expone con claridad y exactitud los caracteres genéricos y diferenciales de algo material o inmaterial”[5]. O en lo personal la que me parece más clara y precisa, que se refiera a la “exposición exacta y clara del significado de una palabra o un concepto”[6].
Per genus et differentiam, es una forma de definición en donde podríamos decir que básicamente es un concepto inútil para el derecho, porque esta explica que podríamos saber el significado de alguna palabra conforme a la “familia” a la que pertenezca, por ejemplo, nosotros sabemos que es un elefante, pero no sabríamos decir con exactitud lo que es, tal vez podremos describirlo y así entenderíamos lo que es el elefante.
CAPITULO II: NORMAS JURIDICAS, MANDATOS Y ÓRDENES
Hart explica en este capítulo que en las situaciones sociales existen maneras de poder dirigirnos a los demás en forma imperativa, las cuales son:
- Pedido: Es cuando nos dirigimos a una persona que nos puede ayudar con un servicio que esta ofrece, esta forma no explica que pasaría si la persona a quien perdimos el servicio no puede ayudarnos.
- Súplica: Es cuando una persona que pide algo está a merced de otra, esta puede sacarla de la situación peligrosa o librarla.
- Advertencia: Es cuando la persona que habla conoce la existencia de algún peligro que está a punto de sucederle a la persona.
También se menciona el término de órdenes, que creo que debería estar considerada como una de las formas imperativas, pero esta podría ser una combinación entre un pedido y una súplica con la advertencia. Hart las clasifico de la siguiente forma:
- Las palabras “orden” y “obediencia” son relacionadas con la autoridad y el respeto.
- Las “ordenes respaldadas por amenazas” y “ordenes coercitivas” se referirán a las órdenes que están apoyadas únicamente en amenazas.
- Las palabras “obediencia” y “obedecer” cuando nos referimos a cumplir las órdenes[7].
Hart menciona que el autor de “The Province of Jurisprudence Determined”, Austin, quien tiene una definición de mandato o como él lo mencionaba la palabra en ingles command[8], que es prácticamente:
“Mandar es característicamente ejercer autoridad sobre hombres, no el poder de causar daño, y aunque puede ir combinado con amenazas de daños, un mandato no es primariamente una apelación al miedo sino al respeto a la autoridad”[9].
...